Con la llegada de un nuevo año son muchas las cosas de las que hay que preocuparse en un negocio. Pero, sin lugar a dudas, uno de los temas que más preocupa a los profesionales es estar al tanto de las fechas en las que deben cumplir con sus obligaciones tributarias. Para evitar sanciones por retrasos, lo mejor es estar al tanto del calendario fiscal de 2021.
Como viene siendo habitual, Hacienda aprovecha los primeros días del año para lanzar el calendario que refleja las obligaciones tributarias de autónomos, empresas y particulares. Así nadie puede decir que no sabía cuándo tenía que presentar sus impuestos, ya que esta información es pública.
El calendario fiscal de 2021 llega con novedades
En la mayoría de los casos el comienzo del año es también sinónimo de cambios en la fiscalidad, y 2021 no iba a ser una excepción. Por un lado está pendiente la aprobación de una posible Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que podría cambiar la forma que tienen los autónomos de relacionarse con la Agencia Tributaria.
Pero, además, se van a producir cambios en los modelos que hay que presentar e incluso llegan algunos nuevos. Entre las novedades hay que destacar el Modelo 604 de Impuesto sobre Transacciones Financieras y el Modelo 420 de Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales de Autoliquidación. Ambos están todavía pendientes de aprobación.
Un mes de enero lleno de citas importantes
En el calendario fiscal de 2021 uno de los meses más importantes es precisamente el de enero. Aunque los autónomos todavía están planificando los 12 meses que tienen por delante, no pueden despistarse ni un momento y deben cumplir con varias obligaciones tributarias.
El 20 de enero es la fecha tope para presentar los modelos 111 y 115. El primero para declarar e ingresar las retenciones de IRPF del último trimestre de 2020, y el segundo para declarar la renta pagada por el alquiler de locales u oficinas en las que se lleva a cabo la actividad profesional.
El calendario fiscal de 2021 llega con novedades en febrero
Este año parte de las obligaciones fiscales típicas del mes de enero se trasladan a febrero. Hasta el día 1 de febrero los profesionales pueden presentar la autoliquidación del IVA del cuarto trimestre de 2020 a través del Modelo 303. En la misma fecha acaba el plazo para presentar el Modelo 390, que es la declaración recapitulativa de todo el año.
También el 1 de febrero acaba el plazo para presentar el resumen del año para los autónomos exportadores a través del Modelo 349 y para declarar los pagos fraccionados de IRPF del último trimestre del año 2020. Esta fecha tope lo es también para presentar el Modelo 180, el 190 y el 184.
Hasta el 22 de febrero hay plazo para presentar la declaración recapitulativa de las operaciones intracomunitarias a través del modelo 349. Es un modelo informativo que hay que presentar obligatoriamente, pero no hay que pagar nada.
Fechas importantes del mes de marzo
Hasta el 1 de marzo los autónomos tienen plazo para presentar el modelo 347 de operaciones con terceros relativo al año 2020. Un modelo informativo que no lleva aparejado el pago de ninguna cantidad.
Todos aquellos que realicen operaciones intracomunitarias durante el mes de febrero deben saber que antes del 22 de febrero deben presentar de nuevo la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias a través del Modelo 349.
El calendario fiscal de 2021 llega a abril con la campaña de la Renta
El mes de abril es especialmente importante para los autónomos a nivel de fiscalidad. El 7 de abril arranca el plazo para presentar la declaración de la Renta de 2020, lo que se puede hacer hasta el 30 de junio o el 25 de junio si sale a pagar.
En marzo finaliza el primer trimestre, lo que quiere decir que los autónomos tienen hasta el 20 de abril para presentar los modelos 111 y 115 y para presentar el modelo 303 de autoliquidación del IVA. También toca presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del mes de marzo y del primer trimestre de 2021 (Modelo 349).
Mayo y junio en el calendario fiscal de este año
Estos dos meses son algo más tranquilos en lo que a obligaciones fiscales se refiere. Hasta el 20 de mayo está abierto el plazo para presentar el modelo 349 correspondiente a operaciones intracomunitarias del mes de abril y el 21 de junio para las del mes de mayo.
El 25 de junio acaba el plazo para presentar la Renta 2020 si el resultado es ingresar a cuenta. Si la declaración sale a devolver se puede presentar hasta el 30 de junio, pero se aconseja no esperar hasta el último momento.
El tercer trimestre en el calendario fiscal de 2021
El verano será algo más tranquilo para los profesionales por cuenta propia en lo que se refiere a sus obligaciones tributarias. Hasta el 20 de julio hay plazo para presentar las autoliquidaciones de IRPF y alquileres (Modelos 111 y 115), así como para presentar el 349 para declarar las operaciones intracomunitarias de junio y del segundo trimestre. Mientras que la autoliquidación de IVA se puede presentar hasta el 30 de julio.
En agosto no hay ninguna obligación tributaria, pero en septiembre hay plazo hasta el día 20 para presentar el Modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondientes a los meses de julio y agosto.
Obligaciones fiscales del último trimestre del año
El 20 de octubre acaba el plazo para presentar las autoliquidaciones de IRPF, alquileres e IVA, así como las operaciones intracomunitarias de septiembre y de todo el tercer trimestre. Toca también presentar el modelo 202 para declarar el Impuesto de Sociedades si se ha elegido diferir el pago a lo largo del ejercicio.
En noviembre hay hasta el día 2 para presentar el Modelo 179 si se tienen viviendas con fines turísticos, hasta el 22 para presentar el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias de octubre y hasta el 30 para la autoliquidación del IVA. En diciembre, hay hasta el día 31 para renunciar a la estimación directa simplificada y optar por la estimación objetiva en 2022.
Llegan 12 meses cargados de muchas citas importantes a efectos de cumplir con las obligaciones tributarias, así que conviene que todos los profesionales por cuenta propia estén al tanto de estas fechas.