No ganan para sustos las entidades financieras en los últimos meses. Por si no tienen bastante con la devolución de las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios, ahora los jueces les dan otro revés. Éste ha llegado en forma de ‘guantada’ al Santander, a quien un Juzgado de Primera Instancia de Aragón ha condenado por incluir a un hipotecado en los registros de morosos. En concreto, por el daño ocasionado a su cliente en un delito contra el derecho al honor. Así que le condena a dar de baja la deuda de los ficheros, así como al pago de 9.000 euros más intereses al demandante.
Los hechos se remontan a 2013, fecha en la que se firmó la hipoteca por valor de 338.000 euros. Sin embargo, problemas económicos del cliente le obligaron a dejar de pagar las cuotas por lo que llegó a un acuerdo con el Santander mediante la dación en pago. Un acuerdo de pago parcial de deudas, cancelación de hipoteca y condonación de la deuda. Surge, por tanto, a partir de ahí una deuda que el cliente tendría que abonar a partir de noviembre de 2016 de 10.000 euros -pagaderos en cuotas de 114 euros-. Sin embargo, la entidad de Ana Botín no le retiró de los ficheros de morosos.
El magistrado reconoce que incluir la deuda pendiente de la hipoteca en el registro de morosos puede suponer un delito de intromisión de derecho al honor
El hecho de estar en los registros ocasionó, según la demanda, que el cliente no pudiera hacer frente a pagos importantes para su día a día: la reparación del coche (2.836 euros) al serle denegada la financiación; tampoco pudo abastecer de combustible para la calefacción a su vivienda, ni concertar un préstamo para pagar las facturas. Todo ello como consecuencia de su presencia en los registros de morosos. Así que, intentó retirar su nombre sin ningún éxito. Algo que intentó el 21 de junio de 2016, y una semana más tarde el Santander le notificó que si no abonaba los 10.000 euros sería inscrito como deudor (aunque ya lo estaba) y que quedaban más de 5 meses para que tuviera que empezar a abonar el dinero.
La sentencia
Ahora el Tribunal reconoce que existe un «delito de intromisión al honor», y concluye que la inclusión indebida en los registros de morosos «supone un desmerecimiento y un descrédito en la consideración ajena» y considera que «si hay consecuencias económicas sería indemnizable», de ahí la codena a 9.000 euros más las costas.
Pero es que el Juez va un paso más allá cuando reconoce que existe un «defectuoso y preocupante funcionamiento» de los sistemas automatizados del Santander que permitieron la reclamación anticipada de la deuda y la inclusión en el registro de morosos.