Una empresa se define como una organización de personas y recursos a través de la cual se busca un beneficio económico a través del desarrollo de una actividad particular. No importa las personas que participen en esta una sola persona puede conformar una empresa. Ya que puede buscar el ánimo de lucro y alcanzar unos objetivos monetarios.
Una empresa parte de la base de que un emprendedor o un grupo de ellos ve una oportunidad de negocio porque hay una necesidad por cubrir en su entorno y si cubre esta necesidad tiene una gran posibilidad de salir beneficiado. Es algo tan simple como poner una panadería en un barrio donde no hay ninguna. Aquí todos vemos de forma clara que hay una oportunidad de negocio.
Aunque este es un ejemplo muy básico es la forma más clara para explicar qué es una empresa y cómo se forma.
La persona o personas que ven esta oportunidad intenta reunir los recursos económicos y logísticos para poder afrontar este reto empresarial y a partir de aquí cumplir una serie de objetivos haciendo uso de los factores productivos que son trabajo, tierra y capital.
En el caso de la panadería habría que encontrar un local que cumpliera con los requisitos imprescindibles para montarla como que tuviera salida de humos, espacio para poner una panificadora, etc. Una vez encontrado el lugar habrá que elaborar un proyecto de viabilidad y si no se dispone del capital para llevarlo a cabo recurrir a una entidad bancaria que nos conceda un préstamo para poder llevar a cabo el proyecto.
¿Cómo se constituye una empresa?
Una empresa se puede constituir de diversas formas. Cuando se inicia un negocio lo primero que se hace es constituir una sociedad o persona jurídica. Normalmente se suele crear una Sociedad Anónima o de Responsabilidad limitada, aunque hay distintos tipos de SOCIEDADES. La Sociedad Anónima (S.A.) es una sociedad mercantil donde la responsabilidad de los socios se limita al capital que han aportado en esta. Suele escogerse esta fórmula porque permite canalizar pequeños volúmenes de capital y en favor de esto ir poco a poco desarrollándolos hasta llegar a grandes inversiones productivas, por lo que resulta cómodo. La inversión de cada socio se encuentra las acciones de la empresa. Dentro de esta podemos encontrar dos variantes que son la Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.) y Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.).
La principal diferencia entre ellas es que en la “cerrada” el número de accionistas debe estar entre 2 y 20, y la constitución de un directorio de accionistas es opcional. En cambio, la modalidad “abierta” no tiene límite máximo para el número de accionistas y es obligatorio que se instituya un directorio que los agrupe.
Cuando se crea una sociedad de responsabilidad limitada (S.L.) la responsabilidad de cada uno de los socios está delimitada por el capital que hayan aportado a esta. Al contrario que en las sociedades anónimas en estas las participaciones en la sociedad son personales y no son títulos que se puedan negociar o comercializar en los mercados. Las aportaciones de los socios son sociales, indivisibles y acumulables.
Lo que sí tienen en común ambas es que en ambos modelos la dirección se separa de la propiedad y control.
Aunque estas son las más comunes a día de hoy hay multitud de variantes para conformar una empresa.
Aun así, como ya hemos dicho anteriormente una persona natural puede emprender su negocio solo, como es en el ejemplo que hemos puesto anteriormente con la panadería y crear una empresa unipersonal. Cuando se crea esta empresa funciona con un solo duelo que se hace responsable del manejo de esta y puede tener trabajadores a su cargo.
La diferencia entre una persona jurídica y una persona natural está en el nivel de responsabilidad de cada una de ellas ante problemas con terceros. A diferencia de la persona natural, la persona jurídica es toda aquella empresa a la que la ley reconoce derechos y puede contraer obligaciones civiles.
Una vez sabemos esto vamos a ver cómo se conforma paso a paso una empresa.
- Darle un nombre a la sociedad: Las sociedades o empresas individuales son personas jurídicas. Por lo que requieren contar con un nombre y no puede existir ya. Una vez se haya elegido el nombre hay que verificar en los Registros Públicos que no existe este nombre.
- Buscar el capital social: El capital social es el aporte o la inversión que realizan los socios o el propietario. Antes los futuros socios tienen que estar de acuerdo en la constitución de la empresa y con su obligación de aportar capital social. Existe un mínimo que hay pagar para la constitución de la sociedad, este será la primera inversión que se haga.
- Redactar los estatutos: Los socios conformarán una Constitución de la empresa que tendrá que estar de acuerdo. Los estatutos sociales regulan el papel de los socios en la empresa, así como la manera en que se administrará la sociedad, cómo se distribuirán las utilidades y pérdidas, cuál será el fondo de reserva y cómo se pueden transmitir las participaciones. Dejar todo claro desde el inicio es esencial para evitar problemas a largo plazo.
- Abrir una cuenta bancaria en nombre de la empresa: Según el tipo de sociedad que constituyas, tendrás que depositar un capital social en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. En el caso de una sociedad limitada, el capital mínimo establecido por ley es de 3 000 euros.
- Solicitar el número de identificación en la Agencia Tributaria: Hay que rellenar el modelo 036, que se puede presentar telemáticamente. Donde se recibe un NIF provisional con el que puedes comenzar a facturar y hasta que llega el definitivo en un plazo de seis meses.
- Firma la escritura pública ante notario: Si hay socios, hay que acudir ante un notario para firmar la escritura pública de constitución de la sociedad. Hay que presentar una serie de documentos, como los estatutos sociales, la certificación negativa del nombre de la empresa, la certificación bancaria del depósito del capital social y los documentos de identificación de cada uno de los socios.
- Inscribirse en la empresa en el Registro Mercantil: Hay que acudir a la oficina del Registro Mercantil de la provincia donde esté domiciliado el negocio e inscríbelo. Habrá que presentar todos los documentos que acrediten la constitución de la sociedad. Para realizar este trámite el plazo de dos meses a partir del momento en que se firma la escritura de la constitución.
- Darse de alta en IAE: Hay que tramitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria, indicando la actividad empresarial que vas a desarrollar. Sise va a ejercer como administrador de la sociedad, también hay que darse de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria y en el RETA, donde se figutra como autónomo societario. Hay que tener en cuenta que los autónomos societarios no pueden acogerse a las bonificaciones para autónomos y que tu cuota de la Seguridad Social será más elevada que la de los autónomos inscritos en el régimen general.
- Registrar la patentes y marcas: El hecho se que haya inscrito la empresa en el Registro Mercantil no garantiza que el logotipo, eslogan o cualquier cosa que crees estén protegidos. Hay que registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Ayudas para empresas
A la hora de montar una empresa podemos pedir una gran cantidad de ayudas si buscamos bien.
- Subvención por establecerse como autónomo: Las cuantías de ayuda pueden ir desde los 2.000 euros hasta los 10.000 dependiendo de la situación personal. Una de las condiciones para poder beneficiarse de estas es permanecer como autónomo 2 años mínimo.
- Pago único: Es el rescate del desempleo de forma anticipada, es decir, solicitar lo que te queda pendiente de cobro de desempleo, para poder invertir en una idea de negocio que quieras desarrollar, bien como autónomo o socio trabajador.
- Ayudas a empresas para asistencia técnica: Se puede subvencionar hasta 75% del coste de los servicios prestados en temas de estudios de mercadas, viabilidad de negocio, organización y gestión para la puesta en marcha del negocio que dependan de servicios externos siendo el máximo de 2.000 euros.
- Ayudas para empresas para formación: Se pueden subvencionar hasta un 75% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros.
- Subvenciones para empresas por contratar trabajadores: existen subvenciones a empresas por contratar desempleados, personas jóvenes, mayores de ciertas edades, personas víctimas de malos tratos o con discapacidades.
También existen ayudas para jóvenes y mujeres emprendedoras tanto dadas por las entidades públicas como por entidades bancarias.