jueves, 12 diciembre 2024

Las compañías de criptomonedas ven con buenos ojos la circular sobre publicidad de estos activos

Las compañías españolas de criptomonedas han recibido con optimismo la publicación de la circular sobre la publicidad de criptoactivos y señalan que su entrada en vigor es una «noticia positiva», ya que todos los ‘exchanges’ tendrán que identificarse y eso reducirá los fraudes.

Así lo han señalado fuentes del sector, que destacan que algunas compañías ya estaban trabajando junto a los supervisores para asegurarse de que todas las comunicaciones se estaban haciendo de forma legal.

Esas mismas fuentes no han considerado que la entrada en vigor de esta circular vaya a ralentizar las campañas publicitarias de las compañías de criptoactivos.

Este lunes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, que entrará en vigor en un mes.

El texto contempla la comunicación previa a la CNMV de las campañas de inversión de criptoactivos cuando estas sean masivas, es decir, cuando estén dirigidas a más de 100.000 personas, en cuyo caso se deberá aportar la documentación exigida por el supervisor en un plazo de diez días hábiles antes de la ejecución de la campaña.

Asimismo, el supervisor tendrá en cuenta esa publicidad de inversión tanto si es explícita como implícita, en tanto que afectará también a los ‘influencers’ que hablen en redes sociales de criptoactivos. Estos estarán obligados a realizar esa comunicación previa a la CNMV si su audiencia es de más de 100.000 personas.

La publicidad deberá incluir información sobre los riesgos de estos activos al añadir el mensaje ‘La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido’, además de un enlace o indicación a la ubicación de información adicional, que se identificará con el texto ‘Es importante leer y comprender los riesgos de esta inversión que se explican detalladamente en esta ubicación’.

Las campañas deben evitar las referencias a rentabilidades pasadas, que en el caso de hacerse, deben incluir el periodo de tiempo en el que se dio ese retorno, en tanto que no se podrán facilitar revalorizaciones para periodos inferiores a 12 meses.

El texto se publica casi un año después del comunicado conjunto de la CNMV y el Banco de España en el que advertían de los riesgos de estos productos, en un contexto de ‘rally’ en el precio de las criptomonedas más importantes y que coincidió con el lanzamiento de una campaña masiva por parte de la plataforma Bit2me.

Esta compañía había pedido al supervisor en verano una mayor claridad en varios aspectos de la circular, como el tipo de campañas que iban a estar afectadas por el proyecto o una aclaración del significado de «propuesta de inversión».

El consejero delegado de Criptan, Jorge Soriano, ha señalado en declaraciones a Europa Press que el texto de la circular va en línea con lo que el supervisor lleva tiempo defendiendo y con lo que Criptan coincide.

Soriano ha añadido que esta nueva regulación no les afecta mucho, ya que es una de las empresas que ya estaba trabajando previamente con el supervisor para saber si sus acciones se ajustaban a la legalidad.

De todas formas, el consejero delegado de Criptan ha calificado como necesario que se delimite bien qué campañas se consideran «masivas» y ha puesto de relieve que las empresas de criptoactivos necesitan «moverse rápido», sin que las campañas se vean entorpecidas por la nueva regulación.

La asociación de usuarios financieros Asufin ha indicado que el punto de partida «es correcto, pero insuficiente», ya que defiende que la comunicación previa a la CNMV de las campañas de inversión no debe reducirse solo a aquellas masivas, sino que debería abarcar también campañas comerciales de difusión limitada o comunicaciones automáticas a clientes.

Asufin ha resaltado también como necesaria la creación de un registro o depósito público de publicidad, con exigencia de registrar en él cada una de las campañas publicitarias que se lleven a cabo, algo que ya pidieron en su respuesta a la consulta pública del proyecto.

La circular sí exige a los sujetos que mantengan un registro con los datos generales de la campaña (fecha de inicio y de cierre, ámbito territorial, descripción del público objetivo, etc.), información específica sobre las piezas publicitarias y la identificación de proveedores de servicios publicitarios y los contratos.

Por otra parte, la asociación ha señalado que se deben incluir en esta circular todos los servicios relacionados con los criptoactivos y no solo su publicidad, como la custodia y administración por cuenta de terceros, las operaciones en plataformas de negociación, o el asesoramiento sobre estos activos, entre otros.

LA BANCA TAMBIÉN LO VE CON BUENOS OJOS

Por otro lado, la Asociación Española de Banca (AEB), que también había participado en el proceso de consulta pública del proyecto, ha valorado positivamente la circular, «dado que algunos de los riesgos o problemas potenciales que se observan en el mercado de criptoactivos tienen que ver con la falta de transparencia del mercado y la protección de los clientes».

«Esta circular recoge los requisitos, y principios a los que deberá acogerse la actividad publicitaria de los criptoactivos, lo que puede ayudar a dotar de transparencia y mayores garantías a este mercado y a la protección del inversor», han señalado desde la AEB en declaraciones a Europa Press.


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