Las asociaciones bancarias AEB y CECA han propuesto una deducción en el Impuesto sobre Sociedades para las entidades de préstamo que concedan financiación para proyectos o compras sostenibles.
Así consta en las sugerencias y comentarios que ambas asociaciones han realizado sobre la reforma del sistema tributario español que prepara el Gobierno y que fueron remitidos al Ministerio de Hacienda en julio.
En concreto, proponen la introducción de una deducción en el Impuesto sobre Sociedades para aquellos prestamistas que concedan financiación para la adquisición de activos o realización de proyectos o actividades empresariales sostenibles.
Además, la AEB cree que para que las deducciones tengan «el efecto deseado», en caso de que se impusiese un tipo mínimo en el Impuesto sobre Sociedades a nivel nacional, se debería especificar que este tipo de deducciones, junto a aquellas destinadas a incentivar actividades de I+D+i, «pueden absorber íntegramente la cuota».
En cuanto al prestatario, proponen incrementar el límite de deducibilidad de gastos financieros de un millón a tres millones de euros respecto de aquellas financiaciones certificadas como sostenibles.
Al respecto, los comentarios de la CECA señala que España se ha fijado unos objetivos climáticos «muy ambiciosos» para el periodo 2030-2050 y que para impulsarlos y alcanzarlos «se necesita una fiscalidad medioambiental que evite la dispersión y fragmentación actual».
Además, considera que el establecimiento de incentivos fiscales puede ayudar tanto a empresas como a particulares que quieran invertir de forma sostenible, «mediante la transformación de sus estrategias de negocio e inversión, reduciendo así los costes de transición ecológica que ello supone.
Con respecto a las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las asociaciones proponen establecer una deducción en la adquisición de participaciones en fondos de inversión que inviertan en activos o proyectos sostenibles –con etiqueta ‘ecolabel’– y bonos verdes.
Por otro lado, proponen una deducción en el IRPF por inversiones directas sostenibles que permitan una mayor eficiencia y que podría estar condicionada al mantenimiento de la inversión durante un plazo determinado y la posibilidad de exigir una certificación energética.
TRIBUTACIÓN MÍNIMA
Las asociaciones han solicitado, con respecto al Impuesto sobre Sociedades, que se evite establecer una tributación mínima a nivel nacional, sino que la aplicación de este tipo mínimo se mantenga de forma coordinada y simultánea con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Cabe recordar que la OCDE realizó recientemente una declaración conjunta de 130 países y jurisdicciones en la que se comprometía a modificar las reglas de tributación internacional y que incluye el establecimiento de un tipo mínimo global de, al menos, el 15% a fin de evitar «el traslado artificial de beneficios hacia jurisdicciones con tipos impositivos más reducidos.
Si, en cambio, el Gobierno decide aplicar un tipo mínimo antes de que se configure el acordado en la OCDE, las asociaciones bancarias señalan que se utilicen para su cálculo la base imponible previa a la aplicación del tipo impositivo «y no así el resultado contable», y que se suprima el sistema de pago fraccionado mínimo.
Además, solicitan que se adopten medidas para evitar o corregir una posible «doble o múltiple imposición sobre una misma renta», que se puede derivar de la aplicación de varias medidas en diferentes ámbitos.
AYUDAS POR TELETRABAJO
En cuanto a la fiscalidad del teletrabajo, AEB y CECA proponen la introducción de ciertas medidas en el IRPF. En concreto, y con el objetivo de evitar litigiosidad, las asociaciones consideran que se debería aclarar que la disposición a los empleados de los materiales para realizar su actividad laboral fuera del centro de trabajo «no constituye, en ningún caso, retribución en especie, resultando irrelevante a estos efectos el número de días en los que esto sucede y, en consecuencia, si existe o no acuerdo para trabajar a distancia».
Además, y con el objetivo de favorecer la transición hacia el teletrabajo, AEB y CECA señalan que se debería introducir una nueva exención para que la compensación prevista en el artículo 7 de la Ley de trabajo a distancia «quede exenta de tributación por este impuesto [IRPF], ya que su finalidad es sufragar los gastos en los que ha incurrido previamente el trabajador».
Por otro lado, proponen eliminar la no deducibilidad del gasto registrado por el prestamista por el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) devengado en la constitución de préstamos con garantía hipotecaria, al considerar que se trata de un gasto «claramente correlacionado con la obtención de los ingresos y necesario para el ejercicio de la actividad económica».
Además, recuerdan que los Presupuestos Generales del Estado de 2021 establecieron un límite en la aplicación de la exención de dividendos y plusvalías que se contempla para el Impuesto sobre Sociedades, pasando de ser del 100% al 95%.
Por último, piden que las entregas de edificaciones que nunca han sido ocupadas queden sujetas y no exentas a IVA y, en consecuencia, no sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Asimismo, proponen aprovechar la reforma del sistema tributario para reducir los costes de cumplimiento asociados a la normativa tributaria y, en particular, los derivados de la existencia de modelos de autoliquidación específicos en cada comunidad autónoma o corporación local.
Además, CECA propone revisar los incentivos fiscales asociados a la financiación de las entidades sin ánimo de lucro, así como de los destinados a fomentar los productos de ahorro, siguiendo para ellos «las principales pautas de los países de nuestro entorno» con el objetivo de que el ahorro privado «contribuya a la recuperación económica».