Los autónomos son parte fundamental del tejido productivo y empresarial de nuestro país y contribuyen con su actividad económica a crear millones de empleos y a pagar impuestos para sostener el conocido como Estado del Bienestar. Es un estamento social que destaca por su gran espíritu de trabajo y sacrificio, y también por el esfuerzo que realizan en materia de impuestos.
Una de las dudas más comunes antes de darse de alta como autónomo es preguntarse cuantos impuestos paga un autónomo para saber cómo actuar en la operativa diaria y para no dejarse ningún pago de impuestos atrás. Es fundamental crear un Calendario fiscal para Autónomos y así evitar cualquier olvido o descuido relacionado con los impuestos.
Pero, ¿cuáles son los impuestos que paga un autónomo?
Los autónomos fundamentalmente pagan 2 impuestos en el ejercicio de su actividad: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. Además de eso también tienen que pagar mensualmente sus cotizaciones a la Seguridad Social, una cuota que ronda los 280 euros al mes con bonificaciones para nuevos autónomos los dos primeros años de actividad.
Vamos a pasar a describir los impuestos que hay que pagar por ser trabajador autónomo:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Este impuesto grava las rentas obtenidas por el autónomo en el ejercicio de su actividad. Es una cantidad de normalmente se paga trimestralmente y que luego con la Declaración de la Renta anual puede salir a pagar o a devolver. Es aplicable a autónomos en todos los regímenes (Estimación Directa Normal, Estimación Directa Simplificada o Estimación Objetiva).
Como trabajador autónomo hay que aplicar este impuesto de dos formas diferentes:
- A través del modelo 130 (estimación directa) o 131 (estimación objetiva) para los pagos fraccionados trimestrales a presentar entre el día 1 y el 20 de cada mes de abril, julio y octubre. En el mes de enero el plazo se extiende hasta el día 30 de enero.
- A través de retenciones en las facturas: en el caso de autónomos que ejercen actividades profesionales hay que aplicar retenciones en las facturas del 15% en cada una de ellas. Para los nuevos autónomos este porcentaje es del 7%. Puedes descubrir más sobre los Tramos de IRPF 2021 y saber qué porcentaje pagar y cuándo pagarlo.
- A través del modelo 111: es un modelo de Hacienda a través del cual se declara las retenciones practicadas a trabajadores, empresarios y profesionales. Se presenta de forma trimestral del 1 al 21 de enero, del 1 al 22 de abril, del 1 al 22 de julio y del 1 al 21 de octubre.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es otra de las obligaciones fiscales de los autónomos a tener en cuenta antes de darse de alta y comenzar a ejercer la actividad deseada. Este es un impuesto que grava el consumo y recae sobre el consumidor final. El autónomo es, por tanto, un intermediario entre el consumidor y Hacienda. El saldo de IVA trimestral puede ser positivo o negativo dependiendo de si se ha repercutido o se ha soportado más IVA.
Para presentar las declaraciones trimestrales de IVA se utiliza el modelo 303 de Hacienda. En este modelo los autónomos declaran el IVA que han retenido en sus facturas y se presenta del 1 al 30 de enero, del 1 al 22 de abril, del 1 al 22 de julio y del 1 al 21 de octubre. Por otro lado, el autónomo debe presentar una declaración anual a través del modelo 390 a través del cual se informa del resumen de las declaraciones trimestrales realizadas a lo largo del año.
Declaración de la renta
Aunque no es un impuesto como tal, la declaración de la renta debe realizarse de forma anual en el plazo establecido por ley, que normalmente comienza en abril y finaliza en junio. Para ello se presenta en Hacienda el modelo 100 debidamente cumplimentado, que puede resultar a pagar o a devolver al contribuyente.
Estos son los impuestos que tiene que soportar cualquier autónomo y los modelos que tienen que utilizar para presentar sus declaraciones sobre los mismos. Un trabajo para el cual muchos autónomos recurren a asesores externos para cumplir con sus obligaciones tributarias de forma continua y sin errores.