ANEABE califica el proyecto de Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad, aprobado por el Gobierno de Navarra, como una medida injusta y discriminatoria para el agua mineral, respecto de otras bebidas, que sí se pueden seguir vendiendo en este tipo de envases
El artículo 24 del proyecto la Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad, aprobado recientemente por el Gobierno de Navarra y que se encuentra en la fase final de su aprobación en el Parlamento de Navarra, contempla, entre otros aspectos, la prohibición de venta de agua en botellas de un solo uso, en edificios e instalaciones de las administraciones públicas (excepto en centros sanitarios y hospitalarios).
Según la Asociación de Aguas Minerales de España (ANEABE), “esta medida va en contra de hábitos de vida saludables y es totalmente injusta y discriminatoria, poniendo en situación de desventaja competitiva a determinados sectores frente al resto”. Así, asegura la entidad, “no encontramos explicación al hecho de que se prohíba únicamente la venta de agua mineral en botellas de un solo uso, respecto de otras bebidas que sí podrán venderse en este mismo tipo de envase, sin que para ello se haya ofrecido ninguna justificación de peso”.
“El sector de aguas minerales siempre ha estado muy vinculado a aspectos relacionados con la salud, contribuyendo al desarrollo de unos hábitos de vida saludables entre la población, poniendo en el mercado un producto que ayuda a mantener una adecuada hidratación y con claros efectos favorables para la salud”, destaca ANEABE.
Desventaja competitiva
La Asociación Nacional de Empresas de Bebida Envasada destaca respecto al proyecto de Ley que “se trata, pues, de una medida discriminatoria para el agua mineral, pudiendo vulnerar el régimen de libre competencia de mercado”.
Desde el punto de vista normativo, también ANEABE señala que, “no se está cumpliendo con el precepto de la Ley 20/2013 de Garantía de Unidad de Mercado, que establece el Artículo 5, respecto que las autoridades que impongan límites al acceso de una actividad económica deben motivar su necesidad en la salvaguarda de una necesidad imperiosa; un hecho que, a día de hoy, no se ha establecido”.
Además, es una medida que afecta directamente a la reputación de un sector que, en su razón de ser, está la defensa del entorno y la protección del medio ambiente, y que ha conseguido grandes avances en el ecodiseño de envases 100% reciclables y la correcta gestión medioambiental de los mismos.
Objetivo medioambiental incumplible
Las argumentaciones de tipo medioambiental sobre las que el ejecutivo navarro argumenta la Ley para ANEABE “carecen de sentido”, ya que “para hacer un supuesto gesto medioambiental se elimina de la oferta una bebida claramente sana, que contribuye al mantenimiento de unos hábitos saludables a través de una correcta hidratación”.
ANEABE destaca también que, “los envases de aguas minerales suponen una proporción mínima dentro del universo de productos envasados: sólo un 0,7% de los residuos urbanos generados en España y un 0,1% del total de residuos generados por toda la actividad económica. Por tanto, es una medida estéril y sin embargo perjudicial desde el punto de vista de la salud”.
Por su parte, la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB), ha manifestado también su “preocupación y sorpresa” ante la prohibición que establece la Ley Foral de Residuos respecto a la venta de botellas de agua, ya que esta sería la primera vez que se prohibiría un producto alimentario que cumple con todas las garantías de seguridad alimentaria además de estar en línea con la promoción de unos hábitos de vida saludables.
Por todo lo dicho anteriormente, “desde ANEABE solicitamos al Gobierno Foral la eliminación del artículo 24 de la Ley de Residuos y su fiscalidad, y pedimos un mayor consenso en cuanto a la implantación de este tipo de medidas ya que, además, según una reciente encuesta realizada en el pasado mes de marzo por la consultora Gureak Marketing, 3 de cada 4 navarros aseguran mostrarse contrarios a cualquier tipo de prohibición para la venta de bebidas en establecimientos públicos”.
Fuente Comunicae