El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que Eslovenia vulneró el principio de inviolabilidad de los archivos de la UE al incautarse unlilateralmente de documentos pertenecientes a los archivos del Banco Central Europeo (BCE) en un registro de la sede del banco central del país de la antigua Yugoslavia.
Además, el tribunal de Luxemburgo ha concluido que Eslovenia también incumplió su obligación de cooperación leal con la UE por negarse a colaborar con el BCE para eliminar las «consecuencias ilícitas» derivadas de la incautación.
La Justicia europea ha estimado el recurso por incumplimiento que la Comisión Europea interpuso ante el TUE contra Eslovenia después de que las autoridades de este país registrasen y se incautasen en julio de 2016 de documentos en papel y en formato electrónico en los locales del Banco Central de Eslovenia.
DOCUMENTOS CONFISCADOS
Entre los documentos confiscados había comunicaciones efectuadas a través del correo electrónico del entonces gobernador en funciones, todos los documentos electrónicos que se encontraban en el puesto de trabajo y en el ordenador portátil de el gobernador relativos al período comprendido entre los años 2012 y 2014 y documentos relativos a ese mismo período que se encontraban en su oficina.
Los registros se llevaron a cabo en el marco de una investigación sobre varios agentes del banco central esloveno, entre ellos el mismo gobernador, ante la sospecha de que habían incurrido en abuso de poder y de sus atribuciones oficiales durante la reestructuración de un banco esloveno en 2013.
En su sentencia de este jueves, el TUE estima el recurso presentado por el Ejecutivo comunitario. En primer lugar, señala que «a la vista del gran número de documentos incautados y de las funciones que el gobernador de un banco central nacional», queda acreditado «que los documentos incautados por las autoridades eslovenas debieron incluir necesariamente documentos que formaban parte de los archivos del BCE».
VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE INVIOLAVILIDAD
Además, dictamina que la incautación unilateral por parte de unas autoridades nacionales, de documentos pertenecientes a los archivos de la UE «constituye una vulneración del principio de inviolabilidad de los archivos de la Unión».
A esto, los jueces europeos añaden que Eslovenia incumplió también su obligación de cooperación leal con el BCE por no haberle permitido identificar entre los incautados los documentos relacionados con el desempeño de las funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Eurosistema y por no haber devuelto dichos documentos al Banco Central de Eslovenia.