sábado, 23 noviembre 2024

¿Eres autónomo y no has pagado el pago extraordinario de IRPF de noviembre? ¡Prepárate para la sanción!

santander autonomos

El pago de impuestos es una situación complicada para todos, pero más todavía para los autónomos. Y si encima tenemos en cuenta que atravesamos un momento especialmente delicado a nivel económico, es comprensible que muchos profesionales que trabajan por cuenta propia estén teniendo problemas para abonar sus impuestos, especialmente el IRPF.

La campaña de la renta de 2019 ha sido complicada, porque el plazo comenzó en pleno confinamiento debido a la primera ola de Covid-19. Aunque hubo muchas quejas y la mayoría quería retrasar el plazo de presentación de la Renta 2019 hasta que acabara el estado de alarma, al final no hubo modificación alguna de los plazos.

Con miles de asalariados en ERTE e incluso padeciendo retrasos en los pagos de la prestación, y otros tantos autónomos acogidos al cese de actividad porque tenían que tener su negocio cerrado, que la declaración de la Renta 2019 saliera a pagar se convirtió para muchas personas en un auténtico problema.

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El pago fraccionado del IRPF

Tener deudas con Hacienda nunca es una buena idea. Mejor que dejar un impuesto sin pagar es intentar fraccionar el pago, una opción que la propia Agencia Tributaria nos ofrece. Aunque hay que tener en cuenta que tampoco es que esos plazos sean especialmente cómodos de pagar, lo cierto es que esto nos puede ayudar si nuestra situación económica es delicada.

En el caso concreto de la declaración de la Renta, si nos sale a pagar podemos optar por hacer el ingreso en dos partes. En el momento de presentar el impuesto se paga un 60% de la cantidad, y unos meses después se paga el 40% restante.

Este año se ha incrementado el número de autónomos que han optado por pagar su IRPF de forma fraccionada. Lo que ocurre es que el pago extraordinario ha llegado en un momento muy difícil para la mayoría de los obligados tributarios.

El plazo venció el 5 de noviembre

El pasado 5 de noviembre acabó el plazo voluntario para abonar el pago extraordinario del IRPF, ese 40% de la deuda cuyo abono se había fraccionado.

Quienes tenían domiciliado el pago habrán hecho frente a su obligación sin ningún problema (salvo que no hubiera saldo suficiente en su cuenta), pero quienes habían optado por el pago no domiciliario quizá no hayan hecho el pago por no tener liquidez suficiente o incluso por despiste.

Lo que ocurre es que noviembre ha sido un mes especialmente complicado para los autónomos. Algunos de ellos han visto reducirse de nuevo su facturación debido a las medidas adoptadas por la llegada de la segunda ola de Covid-19, y muchos han tenido que cerrar y acogerse de nuevo a la prestación por cese de actividad porque ahora mismo no pueden tener su negocio abierto.

A ello hay que sumarle que también en noviembre tocaba pagar los impuestos y las cotizaciones a la Seguridad Social que se habían podido atrasar en los meses anteriores.

Si le añadimos además que la cuota de cotización a la Seguridad Social subió el pasado mes de octubre, muchos autónomos se han encontrado con que al llegar el mes de noviembre no tenían liquidez suficiente para hacer frente a todos los pagos pendientes. Y el resultado es que algunos se han dejado sin abonar el pago extraordinario de IRPF.

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¿Qué ocurre si no se paga el IRPF a tiempo?

Según la propia normativa de la Agencia Tributaria, lo que se hace en estos casos es aplicar sanciones que pueden ser de entre un 50% y un 150% del importe que se ha dejado sin pagar.

Es decir, que un autónomo que ha dejado sin pagar una deuda de 200 euros podría acabar pagando entre 300 y 500 euros por la demora. Y cuanto más tiempo se deje la deuda sin pagar, mucho peor, porque los intereses se van acumulando.

Si además el obligado no atiende a los requerimientos de la Agencia Tributaria, esta puede proceder al embargo de sus bienes. Lo que está claro es que la Administración no se va a quedar con una deuda pendiente de cobrar, así que hay que actuar lo antes posible.

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¿Qué se puede hacer si no se ha abonado el pago extraordinario del IRPF?

Lo primero que tienes que hacer es revisar bien tu cuenta corriente. Lo más habitual en estos casos es domiciliar el pago, y quizá tu lo tengas domiciliado y ni te hayas dado cuenta de que ha pasado el cargo. Revisa bien los movimientos del 5 de noviembre para saber si tienes o no los impuestos pagados.

En caso de que confirmes que tienes la deuda pendiente, lo mejor es que no esperes a que la Agencia Tributaria se ponga en contacto contigo. Demostrar buena fe te puede ahorrar unos cuantos euros, así que haz el pago lo antes posible.

Ponte en contacto con tu gestor para que te prepare el Modelo 102, una vez que lo tengas listo puedes acudir a pagarlo a cualquier entidad que colabore con Hacienda. De hecho, si tienes DNI electrónico, certificado electrónico o estás dado de alta en el sistema Cl@ve, puedes hacer todo el trámite online.

Eso sí, ten en cuenta que en este caso recibirás un certificado de la Agencia Tributaria informándote de que has hecho el pago fuera de plazo y que por ello tienes que pagar unos intereses de demora. Pero estos serán inferiores a si directamente dejas la deuda pendiente y esperas a que Hacienda te la reclame.

Una vez que tengas el certificado reclamándote el pago de intereses, recuerda que también tienes un plazo para abonarlos, así que no te despistes y deja este tema cerrado lo antes posible.

Para los autónomos este año está resultando bastante complicado estar al día de todos sus pagos, especialmente de los relacionados con los impuestos y las cotizaciones a la Seguridad Social. No obstante, la mayoría de ellos llevan ya un tiempo manos a la obra para intentar conseguir más liquidez y tener el menor número posible de deudas pendientes. Y ello a pesar de que muchos negocios empiezan a dar muestras de morosidad y los autónomos están teniendo que hacer frente a facturas que no se les llegan a pagar.


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