Tras años de lucha en los tribunales, por fin el Tribunal Supremo ha dado la razón a los autónomos societarios al reconocer que estos también tienen derecho a acceder a la tarifa plana en el momento del comienzo de su actividad. Esto es una buena noticia para quienes están emprendiendo ahora, pero también para quienes ya llevan años desempeñando su profesión bajo esta forma jurídica.
Aunque la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha sido muy reacia al cambio, por fin ha dado instrucciones a sus diferentes unidades para que tengan en cuenta el nuevo criterio de los tribunales y resuelvan favorablemente tanto las peticiones que estén en curso como las reclamaciones que puedan llegar.
1¿Por qué no accedían los autónomos societarios a la tarifa plana?
Se podría decir que el problema de origen está en una mala regulación de esta cuestión. La Ley del Estatuto del Autónomo en su artículo 31 habla sobre la tarifa plana y se refiere a autónomos, socios de sociedades laborales y a socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, pero en ningún caso habla de autónomos societarios.
Para la TGSS el hecho de que la ley no se refiera expresamente al autónomo societario y sí a otros tipos de autónomos es debido a que quiere excluir a este. De ahí el criterio que ha mantenido durante los últimos años y por el que ha denegado sucesivamente las peticiones de tarifa plana.