La Audiencia Nacional ya ha tomado una decisión sobre el Caso Bankia. La Sala de lo Penal ha acordado absolver al expresidente de la entidad y del FMI, Rodrigo Rato, acusado de delitos de estafa a los inversores y falsedad contable, así como a los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia en julio de 2011.
Según la sentencia de la magistrada Ángela Murillo, la salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores: Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fondo de Reestructuración Ordenada Bancario (FROB) y Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés). Además, el folleto contenía una «amplia y certera» información financiera y no financiera, y en el juicio solo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos.
El mayor perjudicado (Rato) esperaba el fallo desde la cárcel, donde cumple condena (de cuatro años y medio) por apropiación indebida en el caso de las tarjetas black. Respecto al Caso Bankia, se enfrentaba a otros ocho años y medio de prisión por presuntos delitos de falsedad en las cuentas del banco entre 2010 y 2011, además de estafa a inversores.
BANKIA ERA VIABLE
La sentencia señala que Bankia «era viable» antes de pasar a ser una empresa cotizada. En concreto, que «en el momento de la salida a Bolsa no está acreditado, ni con mucho, que Bankia fuera inviable, pues si así hubiera sido el Banco de España se hubiera opuesto a la misma, entre otras razones».
También, que la información financiera «no puede calificarse materialmente de falsa» en la medida de que no vulneraba la normativa entonces vigente y cumplieron las exigencias del regulador, que llegó a autorizar expresamente algunas decisiones contables aunque no contribuyeron a que la imagen fiel de la entidad luciera adecuadamente.
En cuanto a la información no financiera, la sentencia indica que se describen hasta 36 riesgos a la inversión en acciones de Bankia que eran destacados en el primer punto del resumen de su contenido, cuya descripción era «exhaustiva, clara y que cualquiera entendería.
LOS ACUSADOS CAYERON EN EL OLVIDO
Respecto a los acusados, el texto declara la ausencia de actos concretos que se les puedan atribuir. Según el tribunal, la falta de menciones concretas a las personas que se sentaban en el banquillo fue nota predominante durante el juicio y así se establece en la sentencia.
«Resulta destacable la ausencia de menciones específicas a las personas acusadas, que se sentaron en el banquillo destinado para ellos, por parte de los numerosos testigos que, después de haber prestado exhaustivas declaraciones en fase de instrucción, lo volvieran a hacer en juicio, y también por parte de los peritos, o de referencias documentales de contenido incriminatorio».
De hecho, alega que, «como colofón a lo expuesto», en el acto del plenario «nadie los nombró, ni para bien ni para mal, de manera que la mayoría de las personas acusadas cayeron en el olvido en el transcurso del juicio oral, solo recordadas sus identidades por el Ministerio Público en el trámite de conclusiones definitivas».
En esta línea, cuestiona el cambio de postura del Ministerio Público, que dirigió su acusación al final del proceso hacia los miembros de las comisiones de auditoría y cumplimiento de BFA y Bankia, a las que no había acusado en un principio. «No sabemos a ciencia cierta en base a qué obedeció tal cambio de postura», apostilla.