jueves, 12 diciembre 2024

La CNMV abrió 18 expedientes sancionadores en 2019 con propuestas de multa por 9,3M

El Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordó la incoación de 18 nuevos expedientes sancionadores durante 2019, en los que se imputaron un total de 26 presuntas infracciones, con propuestas de multa por 9,3 millones de euros, según consta en el informe anual del supervisor.

Hasta un total de seis expedientes abiertos contemplaban infracciones por la incorrecta comunicación de participaciones significativas en sociedades cotizadas.

En un caso se encontró incumplimiento de la obligación de información por sociedades emisoras; en cinco expedientes se detectó abuso de mercado por manipulación; en dos ocasiones incumplimiento de la reserva de actividad; en cinco incumplimiento de normas deconducta en la relación con clientes o inversores; en uno resistencia a la actuación inspectora de la CNMV y al resto se expedientó por vulneraciones de la normativa general.

La CNMV ha precisado que uno de estos expedientes fue suspendido en su tramitación por la existencia de un procedimiento penal relacionado con él, suspensión que se mantendrá hasta que recaiga sentencia judicial firme.

En el curso del ejercicio, el supervisor acordó 17 resoluciones sancionadoras que concluyeron el mismo número de expedientes y que incluían 30 infracciones. En nueve de estos expedientes los presuntos infractores decidieron terminar el procedimiento mediante el reconocimiento voluntario de responsabilidad o mediante pago con la aplicación de las reducciones que, sobre las multas pecuniarias, prevé este precepto.

Esto ha contribuido a que en este ejercicio, sin perjuicio del diverso plazo de tramitación de cada expediente en atención a su complejidad, se haya mantenido el plazo medio de tramitación en 6 meses.

Finalmente, se impusieron un total de 39 multas por un importe de 3,93 millones de euros. El registro público de sanciones incorporó en 2019, una vez ganaron firmeza administrativa, diversas resoluciones sancionadoras relativas a infracciones graves o muy graves con multas por un importe total de 1,6 millones de euros miles de euros.

Al cierre del ejercicio estaban pendientes de firmeza administrativa y publicación en el registro multas impuestas por un importe total de 2,78 millones de euros.

Por otro lado, se interpusieron catorce recursos de alzada ante el Ministerio de Economía el año pasado contra resoluciones sancionadoras que, a 31 de diciembre, se encontraban pendientes de resolución. Asimismo, el Ministerio desestimó dos recursos de alzada en materia sancionadora interpuestos en el ejercicio 2018.

En vía judicial, se interpusieron 10 recursos contencioso-administrativos, tres de ellos contra resoluciones sancionadoras. De los restantes, tres se formularon contra dos acuerdos de autorización de sendas opas –si bien uno de ellos se cerró en el mismo ejercicio por desistimiento del recurrente– y uno contra el acuerdo de exclusión de negociación de las acciones de la entidad objeto de una de las opas impugnadas. Los otros tres recursos están relacionados con un expediente de contratación y dos reclamaciones de cantidad en materia de personal.

Por lo que respecta a las resoluciones judiciales dictadas en 2019, un total de 32 se refieren a expedientes sancionadores. En este sentido, la Audiencia Nacional dictó cuatro sentencias de inadmisión y 20 sentencias desestimatorias de los recursos interpuestos, que conllevaron a la íntegra confirmación de las resoluciones recurridas, y a una sentencia estimatoria.

Por su parte, el Tribunal Supremo resolvió siete recursos de casación, que supusieron la confirmación de las sentencias de la Audiencia Nacional impugnadas. En cuanto a las resoluciones dictadas por los tribunales en recursos interpuestos contra resoluciones no sancionadoras, la Audiencia Nacional estimó el recurso interpuesto contra la autorización de una opa, si bien la Administración ha presentado recurso de casación contra esta.

Las otras dos resoluciones se han dictado como consecuencia del desistimiento de los recurrentes: en un caso, contra el acuerdo de autorización de una opa –antes señalada–, y, en otro, contra la resolución desestimatoria de una reclamación de responsabilidad patrimonial formulada contra el Ministerio de Economía y la CNMV por su actuación en relación con la salida a bolsa de una entidad financiera.


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