El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el acuerdo entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para un plazo de hasta catorce años por el se habilitará una línea de avales con cobertura estatal para que, a su vez, los bancos ofrezcan créditos a los inquilinos con dificultades.
El convenio establece los términos de colaboración entre el Ministerio y el ICO, así como con la gestión y pago de la bonificación de gastos e intereses, en los préstamos formalizados por las entidades de crédito para hacer frente al alquiler de vivienda habitual por parte de los hogares que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de Covid-19.
En virtud del mismo, el ICO pondrá a disposición de los bancos la línea de avales por un máximo de 1.200 millones de euros y pagará los gastos e intereses de los préstamos, concedidos a los clientes por las citadas entidades con cargo a sus fondos, por un importe global máximo de 112 millones de euros.
El Gobierno habilitó esta línea de créditos a mediados del pasado mes de abril, tras el aumento del techo de gasto que el Consejo de Ministros aprobó para el Ministerio de Transportes, el Departamento que avalará a través del ICO estos préstamos, de los que estima se podrán beneficiar unos 450.000 inquilinos.
De este modo, las personas que vivan de alquiler en una vivienda cuya titularidad sea de un particular (el 85% de los casos) y cuya situación económica se haya visto afectada por la crisis, podrán pedir uno de estos préstamos a través de su entidad financiera para pagar hasta seis meses de alquiler.
Los préstamos no suponen ni gastos ni intereses para quien los solicite que, además, contará con un plazo para devolverlo de seis años, con posibilidad de una prórroga de cuatro años más.
Además, el banco abonará directamente el importe del préstamo al propietario del piso que, de esta forma, se evita la incertidumbre de un eventual impago del inquilino.
REQUISITOS DE LOS INQUILINOS.
En cuanto a los inquilinos, para poder acceder a uno de estos créditos, deben acreditar que, a consecuencia de la crisis, se encuentran afectado por un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) o han visto reducida su jornada por motivo de cuidados.
La unidad familiar no debe haber alcanzado, el mes previo de solicitar la ayuda, ingresos conjuntos que superen cinco veces el IPREM.
Además, el importe de la renta a pagar, sumado a los gastos por suministros básicos de la vivienda, debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.
Se entiende por suministros básicos la electricidad, el gas, el gasoil para calefacción, el agua corriente, los servicios de telecomunicación fija y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios, todos ellos de la vivienda habitual que corresponda satisfacer al arrendatario.