El Gobierno ha decretado recortar al menos a la mitad la circulación de trenes AVE, Larga Distancia y regionales, así como la de los autobuses interurbanos de línea y el transporte aéreo y marítimo dentro del país en el marco de las medidas adoptadas dentro del estado de alarma para limitar el movimiento de personas.
El Ejecutivo mantiene por el momento al 100% el transporte público de Cercanías que Renfe presta en Madrid y en otra decena de ciudades.
No obstante, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, queda habilitado para modificar estos porcentajes o fijar «condiciones específicas».
En el caso de los Cercanías, la variación del servicio tendrá en cuenta «la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario».
Respecto a los servicios de transporte con consideración de servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, también mantienen toda su oferta.
No obstante, se reserva la facultad tanto del ministro como de las autoridades autonómicas y locales competentes para que «establezcan un porcentaje de reducción de los servicios, un otras condiciones específicas de prestación, si la situación sanitaria así lo aconseja».
En cuanto a los traslados entre la Península y los territorios no peninsulares y las islas, se establecerán unos «criterios específicos».
Las distintas empresas de transporte deberán realizar los ajustes necesario en su oferta habitual de viajes para cumplir con los porcentajes fijados «de la forma más homogénea posible entre los distintos servicios que presten».
MENSAJE QUE DESACONSEJA VIAJAR
En virtud del Real Decreto aprobado por el Gobierno y con el fin de restringir la movilidad de los viajeros, en los sistemas de venta de billetes ‘online’ de los distintos modos de transporte se activará un mensaje «suficientemente visible» recordando que se «desaconseja viajar salvo por razones inaplazables.
Asimismo, los distintos operadores y empresas de transporte estarán «obligadas» a realizar una limpieza diaria de todos los tipos de vehículos a partir de las recomendaciones que realice al respecto el Ministerio de Sanidad.
En esta misma línea, en aquellos modos de transportes que el billete otorga derecho a una plaza sentada o camarote, las empresas deberán «tomar las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros».
Respecto al transporte de mercancías, el Real Decreto establece que el titular de Transportes establecerá las «condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional».
No obstante todo ello, el Real Decreto indica que las autoridades competentes podrán adoptar «todas las medidas adicionales necesarias para limitar la circulación de medios de transporte colectivo que resulten necesarias y proporcionadas para la preservar la salud pública.
Con estas medidas se pretende contribuir a la limitación de movimientos para hacer frente a la «grave y excepcional situación» generada por la expansión del coronavirus y hacerlo de «forma proporcional» a la «extrema gravedad de la misma sin que ello suponga la suspensión de ningún derecho fundamental».