sábado, 23 noviembre 2024

El Gobierno considera que los aislados por coronavirus de baja laboral por accidente de trabajo

El Gobierno ha aprobado este martes un real decreto ley para que las personas en aislamiento preventivo por razón de contagio del Covid-19, conocido como coronavirus, se consideren en situación de incapacidad temporal asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo.

Así lo ha anunciado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, acompañado de la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Con la norma se considera tanto a las personas en aislamiento preventivo como a quienes se han contagiado del virus en situación de incapacidad temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha destacado que esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

De esta forma, el Gobierno cambia el criterio respecto al aislamiento, ya que hace menos de dos semanas la Seguridad Social aclaró en una nota que los trabajadores en aislamiento preventivo por el virus se consideraban en situación de incapacidad temporal (baja laboral) por enfermedad común, si cumplían los demás requisitos y conforme al régimen de la Seguridad Social.

Por otra parte, queda pendiente para el próximo Consejo de Ministros la moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a tres mensualidades consecutivas, para empresas y trabajadores por cuenta propia, en las zonas geográficas y sectores que se determinen según orden ministerial.

PLAN DE CHOQUE, EL JUEVES

Por su parte, Montero ha explicado que el Gobierno lleva semanas monitorizando la situación desde el punto de vista sanitario, el aspecto «prioritario», y a nivel económico analizando los indicadores económicos en contacto «permanente» con los sectores más afectados, ya que «empieza a tener ya algún efecto».

Ha adelantado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se va a reunir este jueves con los sindicatos y los empresarios para analizan conjuntamente un plan de choque con medidas económicas, en el que se viene trabajando las últimas semanas, y ese mismo día el Consejo de Ministros se reunirá para valorar el informe de los expertos sanitarios y tomar nuevas medidas «si procediera».

Entre ellas, medidas económicas de estímulo en las áreas de actividad que se resientan en mayor medida por el coronavirus, medidas para facilitar el teletrabajo y para «aliviar» la carga económica de las empresas con el fin de evitar los despidos, así como «determinadas ayudas» para las familias que lo necesiten ante el cierre de colegios en la Comunidad de Madrid, Vitoria y Labastida. También para evitar que los trabajadores afectados en cuarentena agoten sus prestaciones.

Por otra parte, también se ha prohibido la realización de vuelos directos desde cualquier aeropuerto situado en la República de Italia a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España a partir de las 00:00 horas del día 11 de marzo de 2020 y hasta las 00:00 horas del día 25 de marzo de 2020. Esta prohibición no será de aplicación a las aeronaves de Estado, ni a la realización de escalas con fines no comerciales, vuelos exclusivos de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia.

Además, se ha decretado la suspensión de todos los viajes del Imserso por un periodo de un mes, así como para el conjunto del territorio nacional, de común acuerdo con las CC.AA., se adopta la supresión de todos los eventos deportivos y competiciones nacionales, profesionales y no profesionales, que supongan una gran afluencia de aficionados. De esta forma, estos eventos se celebrarán a puerta cerrada, al tiempo que otro tipo de eventos con movimientos de población importantes se valorarán por parte de las autoridades.

También se ha aprobado la suspensión de actividades y eventos de ocio, culturales y similares en espacios cerrados para más de 1.000 personas, y en el caso de aquellos que comporten una asistencia inferior a las 1.000 personas se reduce a un tercio el aforo.


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