sábado, 23 noviembre 2024

Los resultados oficiales del 10-N son manuales y físicos: no se pueden hackear

El escrutinio oficial y definitivo de los resultados de las elecciones generales del próximo día 28 es un proceso manual y físico. Por eso, no se puede hackear, ni retrasar respecto a sus plazos habituales.

En la noche electoral, se realizan las tareas relacionadas con la recogida y difusión de los datos del escrutinio provisional de las elecciones generales. No ocurre lo mismo con el escrutinio oficial y definitivo, que se produce de una manera paralela y se hace oficial entre el tercer y sexto día posterior a las elecciones y es público, señalan expertos consultados. Los datos que se anuncian el 10 de noviembre no son vinculantes de cara a la proclamación de electos, tarea que es realizada por las Juntas Electorales, con base a las copias originales de las actas de escrutinio, señalan las citadas fuentes.

Los controles técnicos y humanos facilitan las máximas garantías en el escrutinio oficial y definitivo. En otras palabras, impiden que nadie pueda alterar los resultados electorales, indican las citadas fuentes.

La empresa encargada de dar soporte a la captura, transmisión, totalización y difusión de resultados provisionales y de carácter informativo de las elecciones del 10 de noviembre no realiza el recuento de los votos, ya que lo hacen los miembros de mesa en el colegio electoral, bajo la supervisión de los interventores de los partidos políticos, coaliciones o agrupaciones que concurren a la elección.

Los datos resultados oficiales son procesados por las Juntas Electorales Provinciales a partir de las actas presentadas físicamente en los juzgados por los presidentes de las mesas electorales en la noche de las elecciones.

Los interventores de los partidos y los miembros de mesa garantizan la transparencia de la elección, ya que participan tanto en el recuento de los votos en la mesa, como en la elaboración y transporte de las actas hasta los juzgados.

Los partidos políticos también conservan copia de los resultados de todas las mesas hasta el escrutinio definitivo.

El escrutinio general se realiza por las Juntas Electorales entre el tercer y sexto día posterior a las elecciones y es público. Este se realiza mesa a mesa a partir de la documentación original de las mesas, en presencia de los representantes y apoderados de las candidaturas.

PASOS DEL ESCRUTINIO OFICIAL

Los expertos consultados señalan que los controles técnicos y humanos facilitan las máximas garantías en el escrutinio. En otras palabras, impiden que nadie pueda alterar los resultados electorales

-Cada mesa electoral está compuesta por un Presidente y dos Vocales que son designados por sorteo público. Junto a ellos están presentes los interventores y apoderados de las formaciones políticas durante toda la jornada electoral, incluyendo el recuento de votos, en las mesas y en los colegios. 

-Una vez abierta la urna tras el cierre de los colegios electorales, el presidente de la mesa extrae, uno a uno, los sobres, los abre, lee cada papeleta en voz alta y la muestra a vocales, interventores y apoderados de los partidos políticos.

-Una vez realizado el conteo, el presidente anuncia el resultado en voz alta y traslada los datos a las actas de escrutinio, que son firmadas por el presidente, los dos vocales y los interventores de las candidaturas de los partidos políticos. Cada uno de ellos se queda con una copia, se coloca otra en la entrada del local electoral y se proporciona otra al representante de la Administración.

-A continuación, el representante de la Administración transmite los datos telefónicamente o por medio de tablets al Centro de Recogida de Información del Ministerio del Interior, desplegado por Indra en el marco de su contrato. Esta información se procesa en el Centro de Procesamiento de Datos (CPD) del Ministerio del Interior y se va volcando en la página web de resultados provisionales creada para el proceso electoral, así como en el resto de soportes de difusión de resultados.

-Las papeletas nulas y las que han sido objeto de reclamación solo se destruyen una vez se haya realizado el escrutinio definitivo.

-El escrutinio general se realiza por las Juntas Electorales Provinciales entre el tercer y sexto día posterior a las elecciones y es público. Se realiza mesa a mesa a partir de la documentación original de las mesas, en presencia de los representantes y apoderados de las candidaturas, quienes en caso de discrepancia pueden interponer reclamación.

-La empresa encargada del soporte tecnológico a la captura, transmisión, y difusión de resultados provisionales no interviene en el recuento de los votos, que se realiza de forma pública en los colegios electorales con las garantías detalladas.

-La consolidación de resultados que realiza la empresa encargada del soporte tecnológico a la captura, transmisión, y difusión de resultados provisionales es de carácter informativo, no siendo vinculante de cara a la proclamación de electos, que es realizada por las Juntas Electorales con base a las copias originales de las actas de escrutinio.


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