El Banco de España han aprobado dar reciprocidad a una medida macroprudencial de la Banca d’Italia El Banco de España ha decidido1 hacer reciprocidad de una medida macroprudencial de requerimiento de colchón contra riesgos sistémicos (CRS) adoptada por la Banca d’Italia con efecto a partir del 31 de diciembre de 2024. Como consecuencia, dos grupos bancarios deberán cumplir con un requerimiento de CRS por sus exposiciones de riesgo de crédito y de contraparte en Italia. Los bancos a los que afecta son BBVA y Banco Santander.
La reciprocidad, Banco Santander y BBVA
El marco de reciprocidad voluntaria de la Unión Europea (UE), previsto en la Directiva 2013/36/UE (conocida como CRD, por sus siglas en inglés) y desarrollado en la Recomendación 2015/2 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), sobre la determinación de los efectos transfronterizos y la reciprocidad voluntaria de las medidas de política macroprudencial, tiene el objetivo de reforzar la efectividad de las medidas macroprudenciales nacionales, minimizar las posibilidades de arbitraje regulatorio por parte de las entidades y asegurar que un determinado riesgo tenga un tratamiento equivalente, con independencia del Estado miembro al que pertenezcan las entidades afectadas, de modo que se fortalezca la resiliencia del sistema financiero de la UE en su conjunto.
El Banco de España estudia de manera individualizada cada una de las peticiones de reciprocidad de medidas macroprudenciales adoptadas por las autoridades de otros Estados miembros que afecten al sector bancario y que hayan sido refrendadas por la JERS2 . En este contexto, la Banca d’Italia, la autoridad macroprudencial designada de la República Italiana para su sector bancario, ha adoptado un CRS del 0,5 % desde el 31 de diciembre de 2024 hasta el 29 de junio de 2025 y del 1 % desde el 30 de junio de 2025, y se aplica a todas las exposiciones de riesgo de crédito y de contraparte en Italia, en base individual y en base consolidada.
la Banca d’Italia, la autoridad macroprudencial designada de la República Italiana para su sector bancario, ha adoptado un CRS del 0,5 % desde el 31 de diciembre de 2024 hasta el 29 de junio de 2025
La medida fue notificada por la Banca d’Italia a la JERS y solicitó que recomendara la reciprocidad de la medida dentro de la UE. En respuesta, la JERS emitió la Recomendación JERS/2024/2, invitando a las autoridades pertinentes de otros Estados miembros a la adopción de medidas recíprocas, en base individual y en base consolidada, desde el 31 de diciembre de 2024. Como orientación para las autoridades, la recomendación establece un umbral de materialidad a nivel de entidad de 25.000 millones de euros, de modo que las entidades cuyas exposiciones sean inferiores a esa cifra pueden ser eximidas de la aplicación de la medida.
la autoridad del bde
El Banco de España, como autoridad designada para adoptar medidas de requerimientos de colchones macroprudenciales de capital, teniendo en cuenta la materialidad de las exposiciones de las entidades españolas al mercado italiano, así como las razones que aconsejan contribuir a la efectividad de la medida en Italia, considera pertinente atender la recomendación de la JERS. En consecuencia, ha decidido exigir a dos entidades, en base individual y en base consolidada (véase cuadro 1), un colchón contra riesgos sistémicos del 0,5 % desde el 31 de diciembre de 2024 hasta el 29 de junio de 2025 y del 1 % desde el 30 de junio de 2025 aplicable a todas las exposiciones de riesgo de crédito y de contraparte en Italia.
El análisis realizado por el Banco de España ha permitido constatar que las entidades afectadas por la medida disponen de fondos propios por encima de sus requerimientos regulatorios con los que hacer frente al nuevo colchón. No se espera así que su actividad en España se vea afectada.
La propuesta de medida fue comunicada por el Banco de España a la Autoridad Macroprudencial Consejo de Estabilidad Financiera (AMCESFI), según lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 102/2019. Al amparo del artículo 11 de ese real decreto, la AMCESFI acordó emitir una opinión favorable a la presente medida, que puede consultarse en este enlace. Asimismo, la JERS ha sido notificada acerca de la presente medida, de acuerdo con el artículo 134.2 de la Directiva 2013/36/UE, conjuntamente con el Banco Central Europeo.
El análisis del BdE ha permitido constatar que las entidades afectadas por la medida disponen de fondos propios por encima de sus requerimientos regulatorios con los que hacer frente al nuevo colchón
Previsiones capital
Tras cerrar el primer semestre en niveles del 12,44%, y de acuerdo con nuestras estimaciones de beneficio neto, la generación orgánica en el trimestre sería de unos 30 puntos básicos en Banco Santander, una vez deducido el dividendo y teniendo en cuenta un incremento de los activos ponderados por riesgo (APR) del entorno del 2% más en el trimestre, según Renta 4.
«En el caso de BBVA, En en el primer semestre el CET 1 cerró en el 12,75% y estimamos pueda situarse en el 13%, incluyendo la generación orgánica por beneficio neto, los dividendos, y los impactos de tipos de cambio, coste de coberturas y evolución de los bonos», dicen en Renta 4.