lunes, 30 septiembre 2024

Estas son las dos ciudades donde hay más impuestos locales: cuánto pagan

La fiscalidad local en España es un tema de gran relevancia, pues es a través de los tributos que se financian las actividades y servicios de las corporaciones municipales. En el año 2023, un ciudadano español pagó una media de 705 euros en impuestos locales, una cifra que muestra la importancia de este aspecto en la vida cotidiana de los contribuyentes.

Las ciudades de Madrid y Barcelona fueron las que más recaudaron por habitante en concepto de tributos locales durante el año 2023, con cifras cercanas a los 1.000 euros per cápita. En contraste, municipios como Pamplona, Jaén y Badajoz fueron las capitales de provincia en las que menos se pagó por este concepto, con cifras que oscilaban entre los 435 y 508 euros por habitante.

Esta disparidad en la recaudación se debe, en gran medida, a la potestad tributaria de la que gozan los ayuntamientos, quienes pueden establecer los tipos impositivos y bonificaciones de los principales impuestos locales. Así, mientras algunas ciudades optan por gravar más a sus contribuyentes, otras buscan mantener una carga fiscal más ligera.

Además, la estructura económica y demográfica de cada municipio también juega un papel fundamental en la capacidad recaudatoria. Aquellas ciudades con mayor actividad económica, mayor número de vehículos o mayor valor de los bienes inmuebles suelen registrar unos ingresos más elevados por tributos locales.

La Composición de los Ingresos Municipales

Dentro del abanico de impuestos y tasas que conforman la fiscalidad local, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) destaca como el gravamen más importante, representando el 66% de los ingresos municipales. Este tributo, de carácter obligatorio y con una notable capacidad normativa por parte de los ayuntamientos, se recauda anualmente y constituye la principal fuente de financiación de las corporaciones locales.

Otros impuestos de exacción obligatoria, como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), también tienen una participación significativa, aunque más reducida, en los ingresos locales, representando el 8% y 11% respectivamente.

Por su parte, los impuestos potestativos, como el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), han tenido una evolución más variable a lo largo del tiempo, contribuyendo actualmente con el 7% y 8% de los ingresos municipales, respectivamente.

Finalmente, las tasas municipales, que gravan diversos servicios y utilizaciones del dominio público, representan el 28,6% de los ingresos tributarios de las haciendas locales. Estas tasas, cuya aplicación y cuantificación difiere entre los diferentes ayuntamientos, complementan la recaudación obtenida a través de los impuestos.

La Necesidad de Fortalecer la Gestión Tributaria Local

Uno de los retos a los que se enfrentan los ayuntamientos en materia de fiscalidad local es la falta de órganos económico-administrativos en algunos municipios. Esta ausencia obliga a los contribuyentes a recurrir directamente a la vía contencioso-administrativa para impugnar las liquidaciones tributarias, lo que puede suponer costes y trámites adicionales.

La creación de estos órganos especializados en la gestión y resolución de reclamaciones tributarias locales sería fundamental para garantizar una mayor eficacia recaudatoria y una atención más cercana a los ciudadanos. Además, permitiría a los ayuntamientos contar con un sistema de control interno que refuerce la transparencia y la buena gobernanza en materia fiscal.

En definitiva, la fiscalidad local en España es un ámbito que merece una atención especial, ya que a través de ella se financian los servicios y proyectos que mejoran la calidad de vida de los ciudadanos en sus respectivos municipios. Conocer en profundidad esta realidad y trabajar en su fortalecimiento será clave para garantizar una hacienda local sólida y sostenible en el futuro.


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