El expresidente de Banco Popular, Ángel Ron, recurrirá la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, que este viernes ha dado la razón al Banco Santander. El exbanquero está obligado (de momento) a devolver 12,8 millones de euros percibidos en concepto de pensión.
Según un comunicado del bufete Pilar Martínez Abogados, que ejerce la defensa de Ron, la sentencia resulta contraria a los estatutos del extinto banco y a la política de remuneraciones existente, sometida a los acuerdos del consejo y de la junta general de accionistas, que aprobaron dicha retribución y estuvo vigente desde 1979 hasta la llegada del sucesor de Ángel Ron.
Según el bufete que encabeza la esposa de Ron, el fundamento de la estimación es la calificación como retribución variable de la pensión que le reconocen los estatutos, a pesar de que el banco siempre le dio la consideración de fija y así figuraba en su contrato.
Asimismo, cuestiona que la sentencia aplica, con carácter retroactivo, una norma que no había entrado en vigor, «tal como reconocen los informes técnicos que cita y fueron ratificados en sede judicial».
La defensa del exbanquero también cree que la sentencia carece de justificación de cumplimiento de los requisitos para aplicación del ‘claw back’ (reembolso de incentivos) que exige la propia norma, según informes de expertos que aportó a los autos Ángel Ron y que no han sido tenidos en cuenta, «basando la juzgadora su consideración, en muchos aspectos contradictoria, en interpretaciones carentes de fundamento jurídico».
Asimismo, el despacho señala que en la sentencia se realizan afirmaciones contra la evidencia de documentos que fueron aportados por el mismo Banco Santander y que acreditan que, desde 1979, se consideró la pensión que Ron percibe y la de todos los demás directivos del banco como fija y no variable, reflejándose así en los contratos de consejeros y directivos.
La sentencia afirma que no se juzga la gestión de Ron al frente del Popular, sino que atiende al hecho objetivo de la resolución del banco por la Junta Única de Resolución (JUR).
Sin embargo, desoye e ignora la existencia de controversias y procedimientos en diversos tribunales y jurisdicciones, tanto sobre las causas de la resolución el Banco Popular, como sobre su valoración en 1 euro, algunas de ellas acreditadas por múltiples documentos y testigos, que fueron aportados a la causa y que señalan como hecho determinante la pérdida de liquidez, producida en el segundo trimestre del año 2017, bajo la presidencia del señor Saracho. Así lo señala también el informe de los peritos del Banco de España y de diversas autoridades», critica.
RON, ENTRE LOS AFECTADOS QUE PERDIERON SUS AHORROS
La defensa de Ron denuncia que el exbanquero no ha tenido la oportunidad de declarar en esta causa, ni tampoco en los dos años y medio transcurridos desde la resolución del banco, en las diligencias que hay en la Audiencia Nacional, «por lo que sigue a la espera de poder hacerlo en las fechas por fin señaladas». Y avisa de que «será en este ámbito donde exponga lo que sea procedente exponer».
«Ángel Ron seguirá defendiendo su honor, su trasparente e impecable gestión como presidente y sus derechos como accionista, puesto que está, con todo su consejo, entre los 300.000 afectados que perdieron una parte muy importante de sus ahorros, que tenían invertidos en acciones del Banco Popular, mediante la resolución acordada por la JUR y posterior entrega al Banco Santander por 1 euro», concluye.