domingo, 27 abril 2025

Una Enagás «a la baja» espera con inquietud el segundo laudo peruano

El incremento de los costes operativos y el descenso en los ingresos regulados se van a hacer notar en las cuentas trimestrales de Enagás, que necesita con cada vez mayor urgencia la clarificación normativa del hidrógeno ‘verde’ y de las redes de gas, además de una pronta resolución de los conflictos que tiene sometidos a arbitraje.

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Las anteriores son las líneas maestras de la previsión que Ángel Pérez Llamazares, equity research analyst en Renta 4, ha realizado sobre los resultados que presentará Enagás el próximo 30 de abril. A pesar del estancamiento vaticinado, la etiqueta sobre las acciones de la gasística sigue siendo Sobre ponderar, junto con un precio objetivo de 17,82 euros por título.

El informe de Llamazares prevé un recorte en los ingresos como consecuencia de los menores ingresos regulados estimados. El resultado bruto de explotación (Ebitda), a su vez, «se verá afectado por un incremento previsto de los costes operativos, con un resultado de filiales previsiblemente alineado con el registrado en el primer trimestre de 2024», comenta.

Enagas
Arturo Gonzalo, CEO de Enagás. Imagen: Agencias

«Estimamos que el beneficio neto se situará en torno a los 60 millones de euros, moderando levemente el descenso del Ebitda gracias a menores amortizaciones y a un mejor resultado financiero» -continúa- «No se prevén cambios en las guías para 2025: Ebitda de 670 millones de euros (frente a los 669 millones de euros estimados por Renta 4 y los 674 millones de euros del consenso de FactSet) y un beneficio neto de 265 millones de euros (frente a los 263 millones de euros de R4 y los 262 millones de FactSet)».

En cuanto a la evolución de la deuda neta, Llamazares augura que el bajo nivel de inversión previsto permitirá que se mantenga en los niveles registrados a finales de 2024 y en línea con la guía estratégica proporcionada por Enagás.

Por último, de cara a los próximos meses el análisis pone todos los focos en dos aspectos: el desarrollo regulatorio del hidrógeno y del negocio gasístico en general y, por otro lado, el resultado del segundo proceso de arbitraje que enfrenta a Enagás con el Estado peruano: el de la Transportadora de Gas del Perú (TGP), compañía de la que lleva años sin poder repatriar dividendos y donde tiene ‘varados’ 400 millones de euros.

EL CIADI, UN RING DE BOXEO PARA ENAGÁS Y PERÚ

El primer conflicto arbitral con el país sudamericano se resolvió con un laudo favorable que ha restado buena parte de la incertidumbre que rodeaba al proceso en torno al TGP.

En diciembre, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) dio la razón a la compañía española y condenó a Perú a pagar 194 millones de dólares (unos 186 millones de euros) por el proceso abierto por el proyecto Gasoducto Sur Peruano (GSP).

Sin embargo, dicha cantidad es menos de la mitad de los más de 500 millones de dólares que reclamaba el grupo, cifra que se correspondía tanto con la recuperación de la inversión financiera como con los derechos de crédito asociados a la recuperación de las garantías ejecutadas a consecuencia de la terminación del contrato de concesión en GSP.

EL CIADI DIO LA RAZÓN A ENAGÁS EN EL CONFLICTO DEL GASODUCTO SUR PERUANO (GSP), LO QUE AMAINA EN GRAN PARTE LA INCERTIDUMBRE RESPECTO AL OTRO PROCESO PENDIENTE, EL DE la Transportadora de Gas del Perú (TGP)

El conflicto de Enagás con Perú comenzó en 2017, cuando el Gobierno del país latinoamericano paralizó el GSP, una infraestructura de más de 1.000 kilómetros. Enagás acudió al Ciadi para obligar al Gobierno peruano a reembolsar la inversión realizada en el GSP antes de que se cancelase la infraestructura, como estipula la cláusula 20 del contrato que regulaba el proyecto.

El consorcio GSP estaba formado en un 55% por la constructora brasileña Odebrecht, investigada por presuntos casos de corrupción y sobornos a funcionarios en una docena de países, frente al 25% de Enagás.

El Ciadi consideró que se había producido una violación del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre la República del Perú y el Reino de España (APPRI Perú-España). El Tribunal consideró también que la inclusión de Enagás Internacional en la categoría 2 de la Ley 30737, que impide a la sociedad la repatriación de los dividendos de su participada Transportadora de Gas del Perú (TGP), constituye una violación del tratado.


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