jueves, 24 abril 2025

La DGT alerta, esto en tu guantera te puede costar hasta 600 euros de multa

El coche se ha convertido en una extensión de nuestro hogar para muchos, un espacio privado donde acumulamos desde los imprescindibles triángulos de emergencia hasta objetos de dudosa utilidad que acaban olvidados en la guantera. Sin embargo, ese cajón aparentemente inofensivo puede convertirse en el origen de un problema económico considerable si albergamos ciertos dispositivos tecnológicos prohibidos, ya que la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene una vigilancia estricta sobre elementos que interfieren con la seguridad vial y el cumplimiento de las normas de circulación. La sorpresa puede ser mayúscula al descubrir que la mera tenencia de uno de estos aparatos, incluso apagado y guardado, acarrea sanciones severas que pocos conductores conocen en detalle.

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La normativa de tráfico española es clara, aunque no siempre popular, en su afán por reducir la siniestralidad en nuestras carreteras y garantizar que las normas se apliquen por igual a todos los usuarios. Dentro de este marco regulatorio, existen ciertos artilugios electrónicos diseñados específicamente para eludir los controles de velocidad que están terminantemente prohibidos, no solo su uso activo, sino también su simple presencia en el vehículo. La advertencia es seria y las consecuencias económicas, como veremos, pueden ser un golpe duro para cualquier bolsillo, transformando un descuido o un acto de picaresca en una infracción grave con multas que alcanzan cifras muy respetables y la consiguiente pérdida de puntos del carné.

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DETECTORES, INHIBIDORES Y AVISADORES: NO METAS LA PATA CON LA TECNOLOGÍA

Fuente Freepik

Es fundamental entender las diferencias entre los distintos tipos de dispositivos relacionados con los radares de velocidad, ya que no todos son ilegales ni conllevan las mismas consecuencias. Los detectores de radar son aparatos capaces de identificar la presencia de ondas electromagnéticas emitidas por los cinemómetros, alertando al conductor de su proximidad, pero su instalación y tenencia están prohibidas y sancionadas por la DGT. Por otro lado, los inhibidores o jammers van un paso más allá: no solo detectan la señal del radar, sino que emiten activamente otras frecuencias para interferir y bloquear su funcionamiento, impidiendo que mida correctamente la velocidad del vehículo; estos son aún más peligrosos y su ilegalidad es absoluta.

En contraposición a los anteriores, encontramos los avisadores de radar, que sí son completamente legales en España y cuyo uso está permitido. Estos sistemas funcionan mediante tecnología GPS y se basan en bases de datos actualizadas que contienen la ubicación de los radares fijos, de tramo, y posibles puntos de control móvil habituales comunicados por la propia DGT u otros usuarios, alertando al conductor de manera informativa sobre la proximidad a una zona de control de velocidad conocida. La clave de su legalidad reside en que no interactúan ni interfieren con las señales de los radares; simplemente ofrecen información basada en geolocalización, una ayuda permitida para fomentar una conducción más atenta y respetuosa con los límites.


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