martes, 22 abril 2025

La OCU revela los ‘vacíos legales’ más comunes de tu seguro de hogar: esto NO te cubre aunque creas que sí

El seguro de hogar se presenta a menudo como ese manto protector que nos arropa en el peor momento, la garantía de que si algo falla en nuestra casa, un simple telefonazo bastará para poner fin a la calamidad y que todo vuelva a la normalidad sin que tengamos que rascarnos el bolsillo más de lo necesario. Es una idea reconfortante, ¿verdad?, casi utópica si nos paramos a pensar en la cantidad de variables y pequeños desastres que pueden ocurrir en el día a día de una vivienda y en lo intrincado que puede llegar a ser el mundo de las pólizas, tal y como señala con frecuencia la OCU en sus análisis pormenorizados. La realidad, sin embargo, pinta un paisaje con claroscuros, lleno de esos «peros» y excepciones que se esconden en la letra pequeña y que, llegado el momento de la verdad, pueden convertir la supuesta protección en una frustración mayúscula.

Publicidad

No es que las compañías aseguradoras jueguen al despiste adrede, aunque a veces lo parezca por la densidad y el lenguaje técnico de los contratos, es que el seguro se basa en la cobertura de riesgos específicos y accidentales, no en el mantenimiento ordinario ni en situaciones que no cumplen ciertos requisitos muy definidos. Entender qué cubre y, sobre todo, qué no cubre nuestra póliza es fundamental para evitar sorpresas desagradables y para no alimentar expectativas que la realidad de un siniestro se encargará de desinflar de golpe, dejándonos con un problema sin solución fácil y sin la ayuda económica que tanto esperábamos de ese seguro que pagamos religiosamente cada año. La clave está en desentrañar esos «vacíos legales» o, mejor dicho, esas exclusiones explícitas que, aunque estén ahí por escrito, a menudo pasamos por alto hasta que es demasiado tarde para reaccionar.

2
CUANDO EL PROBLEMA YA ESTABA AHÍ: LA TRAMPA DE LOS DAÑOS PREEXISTENTES

Fuente Freepik

Una de las exclusiones que más controversia genera y que mayor sensación de desamparo provoca en los asegurados es la referente a los daños preexistentes, es decir, aquellos desperfectos o vicios de construcción que ya existían en la vivienda antes de la contratación de la póliza o antes de que se manifestara el siniestro reclamado, pero que no fueron comunicados o detectados a tiempo. Las aseguradoras se niegan a cubrir este tipo de daños bajo el argumento lógico de que el seguro cubre el riesgo de que algo suceda, no el problema que ya existía en el momento de asegurar el inmueble, considerando que es responsabilidad del propietario conocer y mantener su vivienda en buen estado, o haberlo hecho constar en el momento de la contratación para que la compañía pudiera evaluar adecuadamente el riesgo asumido.

La complejidad de esta exclusión radica a menudo en la dificultad para demostrar el momento exacto en que se originó un daño, especialmente en casos como humedades o grietas que pueden desarrollarse lentamente a lo largo del tiempo sin ser percibidas inicialmente por el propietario, un punto que la OCU ha analizado con detalle mostrando la vulnerabilidad del consumidor. Cuando se manifiesta el problema y se da el parte al seguro, la compañía puede enviar a sus peritos para evaluar la situación, y si estos determinan que el daño tiene un origen antiguo, anterior a la fecha de efecto de la póliza o de alguna modificación importante en la cobertura, el asegurado se encontrará con la desagradable sorpresa de que la compañía declina la cobertura, dejándolo solo ante el coste de la reparación, que en muchos casos puede ser considerable al tratarse de problemas estructurales o de difícil solución.


Publicidad