El eterno problema de aparcar, una batalla diaria en cualquier ciudad o pueblo de nuestra geografía, especialmente en los cascos antiguos o en barrios con densidad de tráfico y edificios. Encontrar un hueco libre se convierte a menudo en una odisea que pone a prueba la paciencia de cualquiera al volante, y la tentación de dejar el coche «solo un minuto» mientras se hace un recado rápido es, reconozcámoslo, muy humana, aunque la DGT lo tenga muy claro y las multas no perdonen la improvisación.
Esta mentalidad del «es solo un momento» choca frontalmente con normativas de tráfico muy concretas, diseñadas precisamente para garantizar la fluidez y el acceso continuo, incluso si a simple vista parece que no se molesta a nadie en ese instante preciso. Un claro ejemplo de esto, y uno que pilla a más de uno por sorpresa con una receta de 200 euros bajo el limpiaparabrisas, es el de aparcar frente a un vado correctamente señalizado, esa pequeña rampa en la acera que tantos quebraderos de cabeza genera a los conductores. La creencia popular de que si el dueño de la cochera o el local no está, o si «solo es un momentito», no pasa nada, es un error muy extendido y, sobre todo, muy caro. La norma es infranqueable, por mucho que nos pese o que nos parezca injusta en un momento dado, y entender su razón de ser es fundamental para evitar disgustos y, por supuesto, para cumplir con la ley.
2LOS 200 EUROS QUE CASTIGAN EL ‘MINUTO’ INCUMPLIDO

La sanción por aparcar indebidamente frente a un vado debidamente señalizado es clara y contundente: 200 euros. Esta cifra, que puede parecer desproporcionada para quienes piensan que solo fue un momento, busca ser disuasoria y subrayar la importancia de respetar estas zonas de acceso. El argumento del «solo un minuto» no tiene validez legal alguna; desde el instante en que un vehículo obstaculiza un vado autorizado y señalizado, se está cometiendo la infracción, sin importar si el conductor está dentro del coche, si la molestia es mínima o si el propietario del vado no ha solicitado la grúa.
La imposición de la multa no depende de la buena voluntad del propietario del vado, aunque sea este quien a menudo dé el aviso a la policía local o a la guardia urbana. La infracción se basa en la obstrucción de un paso legalmente establecido, y la autoridad competente (generalmente la policía municipal, aunque la DGT establece el marco general) está facultada para sancionar en cuanto verifica la situación. Es decir, la grúa puede llevarse el coche y la multa llegar, simplemente porque el agente de turno ha observado que el vehículo está aparcado donde no debe, frente a la placa de vado, sin necesidad de esperar la queja del afectado.