lunes, 21 abril 2025

No son los papeles: esta nueva razón de la DGT puede dejarte sin coche

Muchos conductores viven con el temor constante de que un descuido con la documentación del vehículo o una ITV caducada les deje tirados en la cuneta, pero los tiempos cambian y las prioridades de la DGT también evolucionan. Más allá del papeleo, que sigue siendo crucial, emergen nuevas causas que pueden llevar a la inmovilización inmediata del coche, situaciones que a menudo pillan por sorpresa a los propios afectados y que conviene conocer a fondo para evitar males mayores en nuestros desplazamientos diarios o vacacionales.

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Estos nuevos escenarios ponen el foco en la actitud del conductor y en el estado real del vehículo más allá de lo que certifiquen los papeles, reflejando una preocupación creciente por la seguridad vial activa y por la calidad del aire que respiramos. Negarse a una prueba de detección de alcohol o drogas, o circular con un vehículo cuyas emisiones contaminantes sean descaradamente visibles, son ahora motivos suficientes para que los agentes de la autoridad decidan que nuestro coche no puede seguir circulando, una medida drástica pero cada vez más presente en las carreteras españolas y amparada por la normativa vigente impulsada por la DGT.

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LA PRUEBA DEL SOPLIDO O ALGO MÁS: NEGARSE SALE CARO

Fuente Freepik

En un control rutinario o tras un incidente, someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas es una obligación legal ineludible para cualquier conductor al volante, y la postura de la DGT al respecto es inflexible. La negativa a realizar dichas pruebas no es una opción para librarse de una posible sanción, sino todo lo contrario, se considera una infracción administrativa muy grave o incluso un delito contra la seguridad vial, dependiendo de las circunstancias y la interpretación judicial, equiparándose en la práctica a dar una tasa positiva muy elevada.

Las consecuencias de esta negativa son severas y automáticas, implicando no solo la inmovilización inmediata del vehículo para impedir que se continúe conduciendo bajo una potencial influencia, sino también multas económicas cuantiosas y la retirada de puntos del carné de conducir. En los casos más graves, puede acarrear penas de prisión, mostrando que para la DGT y el sistema legal, la obstrucción a la labor de control es tan reprobable como la propia conducción temeraria, si no más, por el desafío a la autoridad y el peligro implícito.


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