martes, 1 abril 2025

La AN desestima un recurso de Sacyr contra el reinicio de las multas del cártel de constructoras


La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso de Sacyr contra el reinicio de una resolución sancionadora que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) incoó a la empresa por formar parte de un cártel en el que estuvieron implicadas todas las grandes constructoras españolas durante 25 años.

La sentencia, consultada por Europa Press, solo resuelve un recurso contra el procedimiento, pero no contra el fondo de la cuestión, que sigue sin resolverse y atañe a una multa de 16,7 millones de euros.

Este expediente de la CNMC arrastra ya casi 7 años de incoaciones y procedimientos judiciales. La primera incoación se produjo en 2018, pero en 2020 caducó y se archivó, aunque seguidamente se volvió a abrir otro expediente y se incoó una sanción conjunta para todas las empresas de 203,6 millones de euros.

Esta sentencia, del pasado 3 de marzo, responde a un recurso presentado por Sacyr, primero contra el procedimiento de declaración de caducidad del primer expediente y, en segundo lugar, contra la apertura de la otra incoación. El primero lo desestima y el segundo lo inadmite.

La compañía defiende en su recurso que la declaración de caducidad «es nula de pleno derecho», al entender que fue dictada «en abuso de derecho, de forma injustificada y como consecuencia de una patente falta de diligencia por parte de la CNMC». Fuentes de la compañía rechazan hacer comentarios al respecto.

Desde la CNMC señalan a Europa Press que ahora quedarían pendientes los recursos frente a la resolución sancionadora, es decir, esos 16,7 millones de euros de multa. Además, a Acciona le multó con 29,4 millones, a Dragados con 57,1 millones, a FCC con 40,4 millones, a Ferrovial con 38,5 millones y a OHLA con otros 21,5 millones. Todas ellas han presentado sus respectivos recursos.

En otro proceso judicial paralelo a este asunto, la Audiencia Nacional ya acordó suspender de forma cautelar todas las sanciones, así como la prohibición de contratar con la administración pública.

En cualquier caso, se trata de una suspensión cautelar que también se condicionaba a que la compañía presentase una garantía en forma de aval bancario u otra similar por el mismo importe de la multa, que asegurara el pago y con ello la indemnidad del erario público y el interés general en caso de un pronunciamiento final desestimatorio del recurso.

La CNMC destapó que, desde 1992, estas seis compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos, entre ellos hospitales, puertos, aeropuertos y carreteras.

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