En España, más de 28 millones de personas disponen de algún tipo de permiso de conducción, siendo el tipo B el más común. Este carnet autoriza a conducir vehículos cuya masa máxima autorizada no supere los 3.500 kilos y que tengan una capacidad de hasta ocho pasajeros, excluyendo al conductor. Pero lo que muchos no saben es que mantener vigente ese carnet no depende solo de la fecha de caducidad, sino también de su estado de salud y de los medicamentos que consumen.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido nuevos criterios para 2025 que pondrán bajo la lupa el uso de ciertos tratamientos médicos. Según ha confirmado el organismo, el simple hecho de tomar determinados fármacos puede impedir la renovación del permiso, incluso aunque el conductor no haya tenido ningún problema circulando hasta ahora. Esto se debe a que algunas sustancias afectan directamente a la capacidad para conducir de forma segura.
1La revisión médica ya no será un simple trámite

Cada diez años, los titulares del permiso B deben renovarlo. Para los mayores de 65 años, este periodo se reduce a cinco años. El proceso exige acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado y pasar una evaluación médica que acredite el estado físico y psíquico del aspirante. Hasta ahora, estas pruebas eran vistas como un trámite rutinario, pero la DGT ha endurecido sus criterios.
Si el conductor acude al centro con un historial médico que incluye ciertas dolencias o tratamientos, el proceso puede complicarse. No basta con superar las pruebas visuales o auditivas. Ahora se evaluará también si los medicamentos que toma interfieren en su capacidad para conducir, y si existe riesgo, la renovación puede ser denegada.