viernes, 1 noviembre 2024

¿Puede la DGT multarte si conduces disfrazado? Te lo aclaramos

La Dirección General de Tráfico (DGT) en España es responsable de regular y supervisar la circulación de vehículos en las vías públicas. Su misión incluye la promoción de la seguridad vial y la prevención de accidentes. Para ello, establece normativas que los conductores deben seguir, imponiendo multas por infracciones como el exceso de velocidad, el uso del móvil al volante o la falta de cinturón de seguridad. Además, la DGT realiza campañas informativas y de concienciación para educar a los conductores sobre la importancia de respetar las normas de tráfico, contribuyendo así a la reducción de siniestros en las carreteras. Y ahora, desde la Dirección, aclaran si te pueden multar por ir disfrazado.

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Esto es lo que dice la DGT al respecto

La DGT establece que, aunque conducir disfrazado no está prohibido explícitamente, hay ciertos artículos del reglamento que pueden aplicarse si el disfraz afecta la conducción:

Artículo 18.1: El conductor debe tener total libertad de movimientos, por lo que un disfraz muy holgado o que limite ciertas acciones podría ser motivo de sanción.

Artículo 3.1: Este artículo exige conducir con precaución, sin realizar maniobras peligrosas. Aquellos que se meten demasiado en su personaje pueden infringirlo.

Artículo 17.1: Obliga a los conductores a estar en condiciones adecuadas, incluyendo la prohibición de alcohol si planean conducir.

Jaime G.
Jaime G.
Periodista, y redactor con experiencia en creación y gestión de contenidos en web y en papel. Periodismo y redacción 24 horas al día.

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