A más de uno le han retirado el carnet de conducir por conducción temeraria, por perder los puntos de tu licencia y, peor aún, por coger el coche con tasas de alcohol que superan con creces las permitidas por la DGT. En ciertos casos, las retiradas a ciertos conductores es lo mejor para salvaguardar la seguridad vial, sin embargo, hay múltiples vacíos legales y situaciones específicas que no oscilamos o que no conocíamos por las que te pueden retirar el carnet o que tengas que devolver la licencia. Este último hipotético es desconocido por un gran porcentaje de la sociedad, pero sí, hay ocasiones en las que deberías devolver a la DGT tu documento que te da derecho a circular con un automóvil y te vamos a contar cuáles son esos casos y excepciones.
5¿HAY QUE NOTIFICAR A LA DGT SI ME CAMBIO DE DOMICILIO?

Dejando a un lado la tenencia de dos permisos de conducir, hay otras excepciones que abarca la normativa de la DGT que, si no tienes en cuenta, podrían acarrear una sanción. Mudarse ya es un lío por sí mismo, meter todos en cajas, la mudanza… Sin embargo, lo realmente laborioso es el cambio de domicilio en los diferentes documentos, ya sea el DNI, la cuenta bancaria y, sobre todo, en el carnet de conducir. Un proceso burocrático que si no se realiza a su debido momento puede ser penado con multas.