España no queda exento de un nuevo fenómeno que perjudica a los propietarios. En España la okupación escaló otro nivel y llevó a una tendencia preocupante y que es dueña de una legalidad que aún no marcó sus límites: la inquiokupación.
Este caso parece ser más leve pero reviste de la misma gravedad de la okupación. Esta tendencia se da en sitios donde el inquilino paga solamente la primera cuota de la renta, pero no los meses subsiguientes por lo que el dueño del piso debe iniciar un proceso de desalojo del que aún no se tienen precisiones. Esta situación fue tratada en las XXII Jornadas de Presidentes de Audiencias Provinciales en Valencia, donde los magistrados analizaron cómo accionar en este tipo de tendencia que aumenta la preocupación en el país.
2Cuál es la solución legal para la inquiokupación en España
Aunque los límites están difusos las leyes actuales avalan al dueño del apartamento que sufre la inquiokupación. Por ello, una persona que atraviesa esta desagradable situación puede denunciar y ampararse dentro del procedimiento civil del desahucio, a menos que se compruebe que se trata de un delito de estafa. A inicios de este 2024, el tema fue tratado en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo por lo que se pidió a la Comisión Europea que investigue y que se ponga en contacto con las autoridades españolas para buscar soluciones sobre el terreno.
Más allá de esta posibilidad, también existe la alternativa de que este delito se incluya dentro de la figura de leve de usurpación de bienes inmuebles tipificado en el artículo 245.2 del Código Penal, para poder agilizar el proceso de desalojo de la persona sin demorar años en que esto suceda. De esta manera, se garantiza el desalojo de los ocupantes y restitución de la misma a su propietario tanto como medida cautelar como en sentencia.