La Dirección General de Tráfico (DGT) es una entidad crucial en la regulación y gestión del tráfico en España, pero su función principal no incluye la delimitación de las zonas de aparcamiento. Esa responsabilidad recae generalmente en los ayuntamientos o autoridades locales, que establecen las normas de aparcamiento urbano y la señalización correspondiente. La DGT se enfoca más en aspectos relacionados con la seguridad vial, la regulación del tráfico en carreteras y la gestión de sanciones de tráfico. Así, mientras que la DGT supervisa y coordina la movilidad y seguridad en las vías, son los municipios quienes determinan directamente dónde se puede o no aparcar. Y ahora, desde la Dirección confirman que no se puede guardar sitio para aparcar: te contamos las sanciones.
8Además, la DGT confirma que guardar sitio es una acción sancionable
La Dirección General de Tráfico (DGT) advierte que guardar sitio en la vía pública para estacionamiento es una acción sancionable. Este comportamiento no solo incumple con el Reglamento General de Circulación, sino que también puede ser considerado como una obstrucción del tráfico, pudiendo generar multas para los infractores. La DGT recalca que las calles y espacios de aparcamiento son de uso común y deben ser accesibles sin reservas previas, promoviendo un uso justo y ordenado del espacio público para garantizar la fluidez y la seguridad vial.