Wallapop calcula que menos del 1% de los usuarios deberán tributar por sus ventas tras la directiva europea

La nueva directiva europea DAC7 ha generado incertidumbre entre los usuarios de plataformas digitales como Wallapop, que se dedican a la venta de artículos de segunda mano. Sin embargo, la empresa y la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) han emitido un comunicado conjunto para aclarar que la forma de tributar por estas ventas «no ha cambiado».

Según Wallapop, menos del 1% de sus más de 19 millones de usuarios serán susceptibles de alcanzar los límites establecidos por la directiva DAC7, que obliga a los operadores de plataformas digitales a informar sobre los vendedores que realicen anualmente más de 30 operaciones de venta de bienes con un importe superior a 2.000 euros. Por lo tanto, la gran mayoría de los usuarios de la aplicación no deberán tributar por sus ventas.

Tipos de vendedores en las plataformas de segunda mano

A la hora de entender el proceso de tributación de la segunda mano, es fundamental distinguir entre dos tipos de vendedores: particulares y profesionales.

Los vendedores profesionales deben tributar en las mismas condiciones que cualquier otro negocio, emitiendo una factura con IVA para cada artículo al comprador y declarando dichos ingresos en su declaración de la renta.

Por el contrario, en el caso de los particulares, solo se tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cuando se obtiene una ganancia patrimonial, es decir, cuando se vende un producto reutilizado por un precio superior al que se adquirió. En este caso, el vendedor deberá incluir esta información en su declaración de la renta, en el apartado de ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales’, a partir de la casilla 1624. El contribuyente deberá pagar entre el 19% y el 23% en función del beneficio obtenido y de manera gradual.

Tranquilidad para la mayoría de los usuarios

Tanto Aedaf como Wallapop han querido transmitir un mensaje de tranquilidad a los usuarios de estas plataformas de segunda mano. Según sus comunicados, la entrada en vigor de la directiva DAC7 no supone un cambio en la forma de tributar, ya que la gran mayoría de los particulares que venden artículos reutilizados no obtendrán ganancias patrimoniales y, por lo tanto, no deberán declarar estos ingresos en su IRPF.

En resumen, la nueva normativa europea no ha modificado sustancialmente el tratamiento fiscal de las ventas de segunda mano realizadas por particulares a través de plataformas digitales. Únicamente aquellos usuarios que superen determinados umbrales de actividad deberán cumplir con algunas obligaciones adicionales de información, pero sin que ello implique un cambio en la tributación de sus ventas.