miércoles, 18 septiembre 2024

El aviso del Banco de España sobre los peligros de los créditos rápidos

El Banco de España, a través del portal del cliente financiero, incide en que hay préstamos que pueden ser golosos, pero salir muy caros. También da claves sobre lo que supone usar tarjetas revolving.

LOS CLIENTES Y LOS CRÉDITOS

“¿Necesitas financiación de pequeño importe? ¿No quieres complicarte con las gestiones y decides buscarla en internet? Ten cuidado. Cualquier empresa puede anunciar en internet la concesión de créditos, concedidos de forma inmediata, sin que prácticamente se requiera documentación a la persona que lo solicita, quien, habitualmente, apurada porque no cuenta con los recursos o garantías necesarios para pedir un préstamo al banco, se ve abocada a este tipo de producto”, avisa el Banco de España, que alerta de que ”tantas facilidades a la hora de la concesión de estos créditos pueden salirte caro”.

Cualquier empresa puede anunciar en internet la concesión de créditos, concedidos de forma inmediata, sin que prácticamente se requiera documentación a la persona que lo solicita, SEGÚN EL BANCO DE ESPAÑA

Apunta que “con un corto plazo de devolución, tipo de interés muy alto y elevadas comisiones, tendrás una TAE por las nubes, reflejo fiel del coste elevado al que se te ha concedido este préstamo. O más caro aún, ya que puede que se trate de un fraude y que te pidan que envíes dinero como señal antes de formalizar el contrato. Nunca lo hagas”.

La mayoría de las empresas que conceden este tipo de financiación no están supervisadas por el Banco de España, ya que la concesión de préstamos no es una actividad reservada únicamente a las entidades bancarias.

Las tarjetas revolving

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta en la que dispones de un límite de crédito determinado, que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas. Éstas pueden establecerse como un porcentaje de la deuda existente o como una cuota fija; cuotas periódicas que puedes elegir y cambiar dentro de unos mínimos establecidos por la entidad.

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta en la que dispones de un límite de crédito determinado, que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas

Su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se ‘renueva’ mensualmente: disminuye con los abonos que haces a través del pago de las cuotas, pero aumenta mediante el uso de la tarjeta (pagos, reintegros en cajero), así como con los intereses, las comisiones y otros gastos generados, que se financian conjuntamente.

Esta peculiaridad tiene sus consecuencias. Por una parte, si se paga una cuota mensual baja respecto al importe de la deuda, la amortización del principal se realizará a un plazo muy largo, lo que puede derivar en que tengas que pagar muchos intereses. Por otra, hace que no sea posible emitir un cuadro de amortización previo (como sí ocurre, por ejemplo, cuando contratas un préstamo), al variar la deuda y, en su caso, las cuotas mensuales a pagar.

Por ello, de acuerdo a las buenas prácticas bancarias, se exige a las entidades especial diligencia en estos casos, que se concreta en lo siguiente:

Aunque no te entreguen un cuadro de amortización, sí deben darte un detalle pormenorizado de las operaciones realizadas —con datos de referencia, fechas de cargo y valoración, tipos aplicados, comisiones y gastos repercutidos…— de forma que se refleje la deuda pendiente de la forma más clara posible.

AMORTIZACIÓN

En los casos en los que la amortización del principal se vaya a realizar en un plazo muy largo, deberían facilitarte, de manera periódica (por ejemplo, mensual o trimestralmente) información sobre el plazo de amortización previsto, esto es, cuándo terminarás de pagar la deuda si no se realizasen más disposiciones ni se modificase la cuota, escenarios ejemplificativos sobre el posible ahorro que representaría aumentar el importe de la cuota y el importe de la cuota mensual que te permitiría liquidar toda la deuda en el plazo de un año.

«Además, cuando solicites aclaración sobre lo que has pagado y lo que debes, deben extremar la diligencia para tratar de facilitarte un detalle lo más completo posible», apunta el banco emisor.

«En el caso de que pidas conocer cuándo terminarás de pagar tu deuda te deben facilitar algún medio para que puedas conocer el tiempo estimado que te queda para amortizarla. Si pides saber el importe de lo que debes, para pagarlo, deben informarte teniendo en cuenta los posibles recibos o cuotas devengadas que tengas pendientes», indican en el portal del cliente bancario.

Finalmente, «en caso de que se produzcan ampliaciones del límite de crédito concedido, deben informarte específicamente de dicha ampliación, de la nueva cuota que debes pagar, y de la deuda acumulada hasta el momento, para que lo valores adecuadamente», señalan en el Banco de España.


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