domingo, 17 noviembre 2024

La sucia jugada de Mar Flores contra la prensa de la que vive que el juez no ha dejado pasar

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia definitiva que absuelve al medio de comunicación «El cierre digital» y a su director, Juan Luis Galiacho, en el litigio iniciado por la modelo y empresaria Mar Flores. La demanda, interpuesta en diciembre de 2020, cuestionaba la publicación de dos artículos que detallaban aspectos de la vida personal de Flores y su familia. En concreto, los artículos en disputa llevaban por título «La historia de una familia famosa: Carlo Costanzia y su madre, Mar Flores» y «Los precedentes televisivos del ‘Merlosplace’: de Marta López a Marta Chavarri, hasta Mar Flores».

Mar Flores alegaba en su demanda que las publicaciones violaban su derecho a la intimidad, presentando información sensible de su vida privada. La acción legal buscaba no solo una compensación económica de 24.000 euros, sino también el reconocimiento de un supuesto daño moral causado por los contenidos difundidos. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha fallado a favor del medio de comunicación y su director, estableciendo un precedente importante en la delimitación entre el derecho a la información y la intimidad de figuras públicas.

MarFlores redes 1 Merca2.es

En su sentencia, el Tribunal Supremo argumentó que Flores no puede pretender preservar su intimidad cuando ella misma ha hecho pública gran parte de su vida personal, incluyendo detalles de sus relaciones sentimentales y la difusión de fotografías famosas. Esta afirmación subraya la noción de que una vez que una persona decide compartir aspectos de su vida privada en el ámbito público, esos detalles pierden la protección que la intimidad podría ofrecer en circunstancias ordinarias.

El fallo también señala que la demanda de Flores descontextualizaba la información veraz publicada en los artículos, enfocándose en frases específicas y omitiendo deliberadamente referencias a su trayectoria profesional. Este punto fue clave para la defensa de «El cierre digital», que argumentó que los artículos no solo se centraban en aspectos personales, sino también en la carrera de Flores, presentando un retrato más amplio y contextualizado de su figura pública.

Juan Luis Galiacho, director de «El cierre digital», expresó su satisfacción con el fallo en declaraciones a LA RAZÓN, afirmando que «la justicia ha entendido claramente que no hubo vulneración del derecho a la intimidad». Según Galiacho, el tribunal ha ratificado que la información divulgada era de interés social, dado el estatus de figura pública de Mar Flores, y que «si la persona difunde o cuenta públicamente su vida privada, esa información ya no pertenece al ámbito de su privacidad».

mar flores

Además, Galiacho subrayó que, como parte de la sentencia, Mar Flores deberá asumir las costas del proceso, incluyendo los honorarios de los abogados de la defensa. Esto añade un componente económico significativo a la resolución del caso, acentuando las implicaciones financieras de iniciar litigios por derechos de privacidad en el contexto de figuras públicas.

Este fallo del Tribunal Supremo sienta un precedente importante en la jurisprudencia española, especialmente en lo que respecta a la relación entre el derecho a la intimidad y la libertad de información. El tribunal reafirmó que la libertad de prensa y la divulgación de información de interés público prevalecen cuando se trata de figuras públicas que han decidido compartir aspectos de su vida privada.

Derrota de Mar Flores

Para los medios de comunicación, esta decisión proporciona una mayor claridad sobre los límites de la privacidad en casos que involucran a personajes públicos. A la vez, reitera la importancia de contextualizar la información y evitar interpretaciones tendenciosas que puedan ser vistas como una violación de la privacidad.

Mar Flores

Por otro lado, la sentencia también es un recordatorio para las figuras públicas sobre las implicaciones de compartir detalles personales con el público. La distinción entre la vida privada y la pública se vuelve difusa cuando se elige exponer aspectos íntimos, lo que puede limitar las opciones legales para proteger esa información posteriormente.

El fallo del Tribunal Supremo en el caso de Mar Flores contra «El cierre digital» subraya la complejidad de equilibrar el derecho a la información con la protección de la privacidad, especialmente en un entorno mediático cada vez más intrusivo y digitalizado.


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