sábado, 5 octubre 2024

La DGT se pronuncia sobre si los coches sin puertas están habilitados para circular en España

La Dirección General de Tráfico (DGT) actualiza constantemente su reglamento para adaptarse a los avances tecnológicos y al desarrollo del mundo del motor. Estas actualizaciones buscan mejorar la seguridad vial, la eficiencia en la gestión del tráfico y la protección del medio ambiente. Con la aparición de vehículos eléctricos, autónomos y conectados, la DGT introduce nuevas normativas que abordan temas como la infraestructura de recarga, la circulación de vehículos sin conductor y la reducción de emisiones contaminantes. Asimismo, se incorporan sistemas de asistencia al conductor y tecnología de vanguardia para prevenir accidentes y facilitar la movilidad sostenible. Y ahora, desde la Dirección, se pronuncian sobre si los coches sin puertas están habilitados para circular en España.

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En un principio, si un coche pasa la ITV, puede circular

En principio, un vehículo que haya superado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) está autorizado para circular por las carreteras. La ITV verifica que el coche cumpla con los estándares de seguridad y medioambientales requeridos por la legislación vigente. Este proceso incluye la revisión de elementos cruciales como frenos, luces, neumáticos y emisiones, asegurando que el vehículo sea apto para circular de manera segura y respetuosa con el medio ambiente. Cumplir con la ITV es fundamental para garantizar la legalidad y la seguridad en nuestras carreteras.

Jaime G.
Jaime G.
Periodista, y redactor con experiencia en creación y gestión de contenidos en web y en papel. Periodismo y redacción 24 horas al día.

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