lunes, 1 julio 2024

La dura multa de la CNMC a SGAE por distorsionar la competencia

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha sancionado a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) con una multa de 6,5 millones de euros por «falsear» la competencia en el mercado de licenciamiento de obras musicales. La resolución también impone a la entidad una prohibición de contratar con la Administración Pública.

Esta decisión de la CNMC se basa en expedientes abiertos por denuncias de diversas entidades de derechos de autor, quienes alegaban un abuso de posición dominante por parte de la SGAE en sus tarifas «planas» o por disponibilidad, así como en el licenciamiento de su repertorio como «pretendidamente universal». La SGAE, por su parte, considera «claramente errónea» la resolución y ha anunciado que interpondrá un recurso ante la Audiencia Nacional.

Abuso de Posición Dominante en el Mercado

La CNMC ha constatado que la SGAE habría falseado la competencia, impidiendo o dificultando la entrada de nuevos operadores en el mercado «aguas abajo» de licenciamiento a entidades de radiodifusión. Esto implicaría dos infracciones muy graves por abuso de posición de dominio.

En concreto, el regulador ha condenado a la SGAE por el abuso de posición dominante en los mercados de licenciamiento de obras musicales para los servicios de comunicación audiovisual radiofónico y comunicación televisivo. La decisión se basa en el diseño y aplicación de tarifas planas o de disponibilidad de naturaleza anticompetitiva, así como en la presentación de su repertorio a los usuarios como «pretendidamente universal» y el mantenimiento de la indemnidad de los mismos frente a reclamaciones de terceros.

La Multa y la Prohibición de Contratar

La resolución sancionadora impone a la SGAE una multa de 6,5 millones de euros, además de instarle a cesar inmediatamente en las conductas infractoras. Adicionalmente, la CNMC acuerda también aplicar a la SGAE la prohibición de contratar con la Administración Pública, con una duración que será determinada por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

La Respuesta de la SGAE

La SGAE considera «claramente erróneas» las conclusiones de la resolución y ha anunciado que interpondrá un recurso ante la Audiencia Nacional. Según la entidad, la Audiencia Nacional ya anuló en diciembre de 2023 una previa resolución de la CNMC de 2019 por considerar que la CNMC no había acreditado que la entidad de derechos de autor ostentase una posición de dominio.

Respecto a las tarifas planas o de disponibilidad, la SGAE argumenta que esta es una obligación establecida en la Ley de Propiedad Intelectual, que se aplica a todas las entidades de gestión y que la SGAE «cumple escrupulosamente». Además, señalan que la existencia de este tipo de tarifas es un «fenómeno absolutamente habitual en muchísimos sectores» y que «tienden a favorecer, abaratar y simplificar» el uso de esos productos o servicios por los usuarios y consumidores.

En cuanto a la supuesta práctica abusiva de presentar el repertorio de la SGAE como universal, la entidad reconoce que mantiene permanentemente actualizada una base de datos de las obras que integran su repertorio, a la que todos los operadores tienen acceso. Asimismo, afirman que desde que han aparecido otras entidades de gestión y operadores, la SGAE solo ofrece a los usuarios los derechos cuya gestión tiene encomendados, por lo que no se atribuye la representación de repertorios de terceros.


- Publicidad -