viernes, 22 noviembre 2024

El Banco de España (BdE) abre la puerta a rechazar el cargo de recibos en descubierto

El Banco de España cuenta con una actualización de los nuevos criterios de buenas prácticas sobre descubiertos. Así consta en la ‘Memoria de Supervisión 2023‘, una guía en la que se deslizan cuestiones que pueden beneficiar a los clientes. Una de ellas es la posibilidad de desautorizar el cargo de recibos en descubierto.

«Las entidades tienen sobre la mesa recomendaciones sobre descubiertos en cuenta que benefician a los usuarios. Como resultado de la actuación supervisora transversal a 22 entidades, relativa al cumplimiento de las obligaciones establecidas respecto a los descubiertos tácitos concedidos a personas físicas, pudieron identificarse diferentes prácticas en el tratamiento de dichos descubiertos y la repercusión de GRPD» (comisiones), señala el supervisor que dirige Pablo Hernández de Cos.

ANÁLISIS, DESCUBIERTO Y BANCO DE ESPAÑA

El análisis realizado ha permitido definir nuevos criterios de buenas prácticas sobre apertura y liquidación del descubierto. Así destaca “dar al cliente la posibilidad de desautorizar el cargo de recibos en descubierto e informar del período para regularizar el saldo deudor antes de la liquidación del descubierto y de la posible repercusión de GRPD”.

El análisis realizado ha permitido definir nuevos criterios de buenas prácticas sobre apertura y liquidación del descubierto

En este punto, sobre el tratamiento de GRPD, que son comisiones, el supervisor recomienda a la entidades «liquidar el descubierto antes de exigir su cobro y, tras la liquidación, establecer un plazo mínimo para satisfacer el saldo antes de realizar una gestión de reclamación que conlleve el cargo de GRPD».

LOS SALDOS

De este modo, el BdE señala que “los saldos en descubierto reclamados y no satisfechos no serán objeto de nueva liquidación; por tanto, no darán lugar a nuevas comisiones o GRPD, con independencia de los posibles intereses de demora”. Agrega que “en el cómputo del mayor saldo en descubierto a efectos del cálculo de la tasa anual equivalente de las comisiones por descubierto tácito prevista en la referida norma 13.ª, apartado 7.e), no se deben incluir los importes correspondientes a cualquier comisión o gasto por servicios repercutidos por la entidad (entre otros los resultantes de la propia liquidación de un descubierto sobre dichos conceptos).

“los saldos en descubierto reclamados y no satisfechos no serán objeto de nueva liquidación; por tanto, no darán lugar a nuevas comisiones o GRPD, con independencia de los posibles intereses de demora

“No podrán generar descubierto o incrementarlo la retrocesión de comisiones o gastos con fecha posterior a su cargo el apunte en descubierto de cuotas de un préstamo o crédito de la propia entidad y la asignación a un ingreso en efectivo en caja o cajero de una fecha valor posterior al momento de la realización de dicho ingreso», apunta, agregando que «para poder repercutir GRPD deben haberse realizado las gestiones de reclamación oportunas y liquidado el descubierto y el saldo deudor debe seguir pendiente de regularizar».

BANCO DE ESPAÑA

«Si un GRPD se gira de forma previa a la liquidación del descubierto, se entenderá que dicho gasto forma parte de los conceptos repercutidos por la propia prestación del servicio de descubierto tácito y, por tanto, del coste del crédito a efectos de lo establecido en la norma 13.ª, apartado 7.e), de la Circular 5/2012«.

CRÉDITO AL CONSUMO

En cuanto a la revisión de los requisitos aplicables a la comercialización de productos y servicios, “debido a cambios significativos en el mercado del crédito al consumo, la actividad se centró en mejorar el conocimiento de las soluciones tecnológicas empleadas por las entidades para el aplazamiento de pagos en punto de venta y en verificar la implementación de los principios de préstamo responsable”, señala.

Banco de España-billete falso

También en relación con el crédito al consumo, «se finalizaron las actuaciones en curso respecto a la comercialización de créditos concedidos en forma de posibilidad de descubierto en depósitos a la vista».

en relación con el crédito al consumo, «se finalizaron las actuaciones en curso respecto a la comercialización de créditos concedidos en forma de posibilidad de descubierto en depósitos a la vista

En relación con el desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas para el aplazamiento de pagos en el punto de venta, el supervisor «llevó a cabo una actuación transversal que ha permitido tomar conocimiento de las prácticas y los modelos de negocio existentes e identificar una serie de debilidades en materia de transparencia informativa referidas a la calidad de las explicaciones ofrecidas y a la entrega de información precontractual. «Como consecuencia de la actuación, se han adoptado diversas medidas supervisoras dirigidas a corregir las incidencias detectadas, cuyo cumplimiento está siendo objeto de seguimiento supervisor», añade.

PRÉSTAMOS RESPONSABLES

Por lo que respecta a la correcta aplicación de los principios de préstamo responsable y la implementación de prácticas adecuadas de comercialización en la actividad crediticia de las entidades, las debilidades detectadas durante los trabajos de supervisión se centraron en los procedimientos de valoración de la capacidad de pago de la clientela, la formación del personal, la información proporcionada a clientes en situación de dificultad financiera y el impulso de políticas activas de renegociación de deudas.

Las áreas de mejora detectadas no requirieron la adopción de medidas correctivas. No obstante, se comunicaron a las entidades afectadas, buscando la efectividad y mejora del cumplimento de dichos principios.

Como en años anteriores, se realizaron visitas a oficinas bancarias para verificar que el personal que atiende a la clientela tiene un conocimiento suficiente de la normativa sobre cuentas de pago y lo transmite con la debida claridad a los clientes.

Como en años anteriores, se realizaron visitas a oficinas bancarias para verificar que el personal que atiende a la clientela tiene un conocimiento suficiente de la normativa sobre cuentas de pago y lo transmite con la debida claridad a los clientes

Como resultado de estas visitas, «se apreció una evolución positiva en las prácticas comerciales de las entidades, lo que podría indicar una mejoría en la formación que estas imparten a sus empleados».

Otro foco supervisor en 2023, a la vista del incremento del fraude en la operativa de pago con tarjeta y pagos por canales digitales, fueron los procedimientos de control interno establecidos por las entidades con objeto de mitigar este riesgo.

RIESGO DE FRAUDE

En este sentido, se realizaron diversas actuaciones supervisoras encaminadas a conocer y valorar cómo gestionan el riesgo de fraude frente a sus clientes —por ejemplo, verificando que las comunicaciones a la clientela se efectúan de acuerdo con lo establecido en la normativa—, así como a comprobar el grado de control de sus sistemas y las medidas de protección contra el fraude, entre las que se encuentran los programas de concienciación destinados a clientes y la formación que reciben los empleados.

Como resultado de estas actuaciones, ha quedado evidenciado que las entidades han mejorado de manera significativa el diseño de las comunicaciones dirigidas a los clientes, los programas de concienciación y la formación impartida a sus empleados.

Las entidades han mejorado de manera significativa el diseño de las comunicaciones dirigidas a los clientes, los programas de concienciación y la formación impartida a sus empleados

«Finalmente, en la coyuntura económica actual, es esperable que se produzcan decisiones adaptativas de la clientela y que las entidades tengan que gestionar situaciones de impago. Por lo tanto, habrá que reforzar la vigilancia de las prácticas competitivas y el comportamiento de las entidades para hacer frente a este contexto», concluye el Banco de España.


- Publicidad -