sábado, 19 abril 2025

El listado definitivo de la DGT sobre las motos que podrás conducir con tu carnet de coche sin examen especial

La DGT, Dirección General de Tráfico, otorga licencias de conducir para vehículos, incluyendo coches y motos, entre sus responsabilidades. Esta institución, parte del Ministerio del Interior en España, garantiza que los conductores cumplan requisitos de seguridad y conocimientos viales antes de obtener el permiso. A través de exámenes teóricos y prácticos, evalúa la capacidad de los aspirantes para conducir de manera segura y respetuosa con las normativas de tráfico. La obtención del carnet de conducir es fundamental para la movilidad personal y profesional, contribuyendo así a la prevención de accidentes y al orden en las carreteras. Y ahora, desde la Dirección, nos cuentan sobre las motos que podrás conducir con tu carnet de coche sin examen especial.

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Con la licencia B podrás conducir este tipo de motos

La licencia B permite la conducción de motos y scooters de hasta 125 cc con una potencia máxima de 11 kW y una relación peso-potencia que no supere los 0,1 kW/kg. Esta especificación amplía las opciones de movilidad para los titulares de este tipo de licencia, permitiéndoles disfrutar de la conducción de vehículos de dos ruedas dentro de ciertos límites de potencia y peso. Es esencial conocer estas regulaciones para garantizar una conducción segura y legal.


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