¿Sabías que la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene la facultad de obligarte a devolver tu carnet de conducir en determinadas circunstancias? Esta información es crucial para todos aquellos conductores que buscan mantener su permiso de conducción sin problemas legales.
En este post, te daremos a conocer algunos de los casos en los que la DGT puede requerirte que entregues tu carnet y te explicaremos detalladamente cada uno de ellos. Si quieres conocer tus derechos y evitar posibles sanciones, te invitamos a seguir leyendo.
8Si hay condenas por conductas que atentan contra la seguridad vial

En situaciones de condena por delitos contra la seguridad vial, como conducir de manera temeraria, negarse a realizar pruebas de alcoholemia o superar los límites de velocidad, se puede dar lugar a la retirada temporal o permanente de la licencia de conducir. En estos casos, deberás entregar obligatoriamente tu licencia.
Tanto la DGT como los jueces y tribunales tienen la autoridad para retirar el carnet en casos de infracciones graves o delitos contra la seguridad vial. La duración de esta inhabilitación especial para la conducción de vehículos a motor puede variar de 6 meses a 10 años, dependiendo de la gravedad de los hechos juzgados.