jueves, 17 abril 2025

La DGT te obliga a devolver tu carnet de conducir si estás en uno de estos casos

¿Sabías que la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene la facultad de obligarte a devolver tu carnet de conducir en determinadas circunstancias? Esta información es crucial para todos aquellos conductores que buscan mantener su permiso de conducción sin problemas legales.

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En este post, te daremos a conocer algunos de los casos en los que la DGT puede requerirte que entregues tu carnet y te explicaremos detalladamente cada uno de ellos. Si quieres conocer tus derechos y evitar posibles sanciones, te invitamos a seguir leyendo.

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¿Qué se debe hacer si la DGT solicita la devolución del carnet de conducir?

¿Qué se debe hacer si la DGT solicita la devolución del carnet de conducir?

En primer lugar, si te han retirado el carnet, deberás entregarlo en la Jefatura de Tráfico correspondiente. Es esencial que no conduzcas sin el permiso vigente, ya que esto puede acarrear importantes multas que pueden llegar a los 6.000 euros, e incluso penas de cárcel de 3 a 6 meses en caso de reincidencia.

Además, existen otros motivos por los cuales la Dirección General de Tráfico puede retirarte el carnet de conducir. Por ejemplo, si denuncias la pérdida o robo de tu carnet, la DGT expedirá uno nuevo, pero en caso de que encuentres el original, tendrás la obligación legal de devolver la copia a Tráfico en un plazo de 15 días. Si no lo haces, puedes enfrentarte a acusaciones de fraude en documentos públicos, un delito que conlleva penas de prisión de 3 a 6 años.


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