Una sentencia desfavorable les habría hecho pagar 8 millones de euros, pero la jueza les dio la razón y este importe no llegará a un millón de euros. Hablamos de la sentencia en la que se dirimía quién tenía razón en torno al precio de venta de una acciones de Job & Talent. Por un lado estaban Pelayo Cortina Koplowitz y su padre, Alberto Cortina, y por otro los fundadores de Job & Talent , el expresidente ejecutivo de Jobandtalent, Felix Ruiz, y los cofundadores de la plataforma, Juan Urdiales y Felipe Navío. MERCA2 ha obtenido una valoración de los fundadores después de que se conociera el fallo judicial. No quieren hacer mucho ruido y sí pasar página “El tema no tiene más recorrido. Básicamente es que la jueza ha dado la razón a los fundadores de Job&talent por un demanda de los Cortina que carecía de fundamento”. Quieren dejar claro que siempre han confiado en la labor de los tribunales.
NO ALARGAR EL TEMA DEL JUICIO QUE TUVIERON CON PELAYO CORTINA
Los fundadores de Job and Talent no quieren que el tema de la demanda de los Cortina sea un tema que se alargue y ponga el foco en cuestiones que no les interesan. Es lo que queda claro en la comunicación establecidas con fuentes cercanas a los fundadores. No quieren darle más ‘bola’, para que la atención no se vaya donde no quieren. Una vez que ya hay sentencia, pues a seguir adelante, se desliza de lo que transmiten. “El tema no tiene más recorrido. Básicamente es que la jueza ha dado la razón a los fundadores de Job and talent por un demanda de los Cortina que carecía de fundamento”, insisten. “A fecha 18 de enero de 2024 se ha dado a conocer a las partes la sentencia que da la razón a los fundadores de Job&talent por el precio de venta a de las acciones de Pelayo Cortina y Alberto Cortina”. “Durante todo el proceso los fundadores de la compañía han trasladado su plena confianza en la justicia, que valida la cantidad fijada por ellos en el precio de venta de los títulos de los Cortina y que además desestima las pretensiones de la otra parte de exigir un precio 10 veces superior al carecer de fundamento”.
la jueza ha dado la razón a los fundadores de Job and talent por un demanda de los Cortina que carecía de fundamento, dicen en el entorno de los fundadores
La jueza ha validado el precio de venta de los títulos de los Cortina que ofrecían los fundadores de Job and talent y que asciende a alrededor de 800.000 euros, según publicó ‘Expansión’. “El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Madrid ha reconocido que Pelayo Cortina Koplowitz y su padre, Alberto Cortina, deben cobrar 818.853,02 euros por la venta de unas acciones de Jobandtalent, y no los hasta 8 millones de euros que reclamaban a los fundadores de la start up. Se trata de la cuantía ofrecida por el expresidente ejecutivo de la compañía, Félix Ruiz, y los cofundadores de la plataforma, Juan Urdiales y Felipe Navío, y que ya fue consignada ante notario en 2020”, apuntaron.
La jueza ha validado el precio de venta de los títulos de los Cortina que ofrecían los fundadores de Job and talent y que asciende a alrededor de 800.000 euros
Según este medio, a comienzos de 2016, el fondo Atomico hizo una oferta para adquirir alrededor del 20% de la compañía, pero los Cortina consideraron que era demasiada baja. La propuesta de Atomico fue aceptada por varios de los accionistas y las acciones de los Cortina finalmente fueron vendidas a otros inversores que hicieron una oferta más elevada y que sí fue aceptada por los empresarios.
“Poco antes de firmar, los Cortina acordaron que se quedarían con los derechos económicos de 315.000 participaciones pertenecientes a los fundadores de Jobandtalent. Es decir, que si se vendían esas acciones, la cuantía sería transferida a los Cortina. Estas acciones fueron vendidas a Atomico pocos días después de la firma, pero los Cortina defienden que se vendieron por un precio por debajo de mercado. Fue entonces cuando la familia Cortina demandó a los tres empresarios y cifró en hasta 8,1 millones de euros la cuantía máxima reclamada. En caso de desestimarse, en último lugar pedían la cantidad ofrecida por los fundadores, que es la que el juzgado ha considerado que se debe abonar, si bien confirma que el cumplimiento del contrato fue «tardío», ya que la prima a cobrar se comunicó más tarde de lo acordado”, según publicó Expansión.