lunes, 25 noviembre 2024

Este es el único caso en el que puedes conducir sin puntos en tu carnet y la DGT no te puede sancionar

En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) implementó el sistema de carnet de conducir por puntos en 2006. Este sistema asigna puntos a cada conductor y los retira por infracciones viales. Los conductores acumulan hasta 15 puntos y pueden perderlos por diversas faltas, como exceso de velocidad, usar el móvil al conducir o no usar el cinturón de seguridad. Si se agotan los puntos, se suspende el carnet temporalmente. Este método busca fomentar conductas responsables en la carretera, mejorar la seguridad vial y concienciar sobre la importancia del cumplimiento de normas para prevenir accidentes. Sin embargo, hay un único caso en el que puedes conducir sin puntos en tu carnet y la DGT no te puede sancionar. Y te lo contamos a lo largo de este artículo.

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Sin embargo hay una excepción

La excepción radica en la notificación efectiva de la retirada de puntos por parte de la DGT. Si esta comunicación no se lleva a cabo correctamente, el conductor puede circular aun con el carnet sin puntos. La normativa exige que la administración notifique esta retirada de puntos de manera formal, usualmente por correo certificado. Si este proceso falla, por cambios de domicilio u otros motivos, el conductor puede no ser informado, lo que podría permitirle circular sin ser consciente de la falta de puntos en su carnet.

Jaime G.
Jaime G.
Periodista, y redactor con experiencia en creación y gestión de contenidos en web y en papel. Periodismo y redacción 24 horas al día.

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