La legislación actual establece claramente el número de meses que pueden solicitarse como fianza en un contrato de alquiler, siendo 1 o 2 meses, dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso. Además, existe la posibilidad de añadir una garantía adicional para brindar mayor seguridad al propietario.
2Los meses que deben dar los arrendatarios como fianza son de 1 o 2, dependiendo del caso, de acuerdo con la ley
Es importante destacar que, además de la fianza, es posible solicitar una garantía adicional para brindar una mayor protección al propietario. Esta garantía puede adoptar diferentes formas, como un aval bancario o un seguro de impago de alquileres. Su objetivo principal es asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del inquilino y proporcionar una mayor tranquilidad al arrendador.
Al momento de elaborar un contrato de alquiler en el año 2024, es esencial tener en cuenta las disposiciones legales vigentes en materia de fianza. Esto implica respetar el límite establecido por la ley en cuanto al número de meses que pueden solicitarse y, en caso de requerir una garantía adicional, contar con la documentación correspondiente que respalde su existencia.