sábado, 23 noviembre 2024

La DGT ya no te puede multar por esto

A menudo, las noticias sobre multas de tráfico tienen un enfoque negativo. Notificaciones de nuevas multas, instalación de más radares, multas de mayor importe… noticias que suelen afectar el presupuesto de los conductores. No obstante, en ocasiones se difunden noticias «positivas» o, al menos, que no suponen un gasto adicional para los usuarios de la carretera. Nos referimos a situaciones que antes se consideraban infracciones y te multaban por ello, pero a partir de ahora ya no son objeto de sanción.

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LLEVAR EL CARNÉ DE CONDUCIR

DGT

La aplicación MiDGT brinda la posibilidad de acceder a ciertos datos del conductor y permite llevar el carné de conducir sin tener que portar el documento físico. Además, no es motivo de sanción no llevar el DNI, ya que la Guardia Civil puede acceder a la información necesaria sin requerir el documento físico. La opción de llevar el carné en la aplicación es la única alternativa legalmente válida al documento físico. Para obtenerlo, es necesario registrarse en el sistema Cl@ve y acceder a la aplicación. Hasta la fecha, la multa por no llevar la documentación personal requerida ascendía a 200 euros.

Noemi A.
Noemi A.
Soy una apasionada de internet, las nuevas tecnologías y las redes sociales, adicta a la información y a aprender y descubrir algo nuevo cada día.

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