martes, 7 enero 2025

¿Puede la policía o la guardia civil registrar tu vehículo? No siempre

¿Puede la policía o la guardia civil registrar tu vehículo? La respuesta a esta pregunta no es tan sencilla como pudiera parecer a simple vista. Si bien es cierto que las fuerzas de seguridad tienen el deber y la autoridad para llevar a cabo registros en ciertas circunstancias, no siempre pueden hacerlo sin una razón válida y sin seguir los procedimientos legales establecidos.

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¿Puede la policía o la guardia civil registrar un coche por una ‘sospecha’?

El tema de los registros de vehículos por parte de las fuerzas de seguridad, casi con cualquier sospecha, es un asunto que ha suscitado debate y controversia debido a la conocida ‘Ley Mordaza’ y las regulaciones establecidas por el Tribunal Supremo. Analicemos los puntos clave de esta situación.

La denominada ‘Ley Mordaza’, cuyo nombre oficial es ‘Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana’, establece en su artículo 18.1 que:

 «Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes y vehículos que sean necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros objetos, instrumentos o medios que generen un riesgo potencialmente grave para las personas, susceptibles de ser utilizados para la comisión de un delito o alterar la seguridad ciudadana […].

A tal fin, los ciudadanos tienen el deber de colaborar y no obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.»

Alexia Prieto Brito
Alexia Prieto Brito
Licenciada en Comunicación Social con formación en Redacción, SEO, Copywriting, Marketing Digital, Fotografía, Diseño y Community Manager.

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