El caso Negreira sigue su curso en la vía judicial a pesar del descargo de Joan Laporta en su rueda de prensa de explicaciones de hace unas semanas. El Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona ha dado el visto bueno a la personación del Real Madrid; un socio compromisario del FC Barcelona y de la Associación per a la Promoció d’Activitats Socials i Esportives, Pompili R. J.; y de Luis José Sáenz de Tejada, un socio del club blanco. Éstos últimos lo harán como acusación popular, dejando así abierta la puerta a todas las peñas de todos los clubes a sumarse a la misma. Sin embargo, el Juzgado ha rechazado la personación del Consejo Superior de Deportes (CSD).
El colectivo de socios del Barça busca llegar hasta el final, como parte «perjudicada» en el caso Negreira, el ex alto ejecutivo del Comité Técnico Arbitral (CTA) que contrató la entidad azulgrana para «conseguir la neutralidad» de los colegiados en el terreno de juego.
EL JUZGADO FRENA LA PRETENSIÓN DEL CSD
Según los autos del caso Negreira, a los que ha tenido acceso MERCA2, la magistrada Silvia López imposibilita al Consejo Superior de Deportes a ejercer esta acusación al carecer de «habilitación legislativa especial para el ejercicio de la acción penal», tal y como había esgrimido el organismo público.
cualquier club puede defender sus intereses si considera que se están produciendo alteraciones ilegales deportivas, unos hechos que pueden suponer una quiebra al principio de confianza e integridad que rige la competencia
La labor de este organismo público es «meramente administrativa, con reconocimiento de competencias disciplinarias propias, instando la sanción de conductas que, en caso de exceder los límites del ámbito puramente deportivo, deberán remitirse a la autoridad judicial o fiscal para que éstos sean quienes actúen».
Este caso investiga una querella de Xavier Estrada contra José María Enríquez Negreira; su hijo, Javier Enríquez Romero; María E.N, y la mercantil DASNIL 95 SL, por un delito de «corrupción deportiva o fraude deportivo -fraude en los negocios-», así como la denuncia de la Fiscalía, que apunta a corrupción entre particulares en el ámbito deportivo; otro continuado de administración desleal; y falsedad en documento mercantil contra Josep María Bartomeu, expresidente del club blaugrana; el propio FC Barcelona; y los directivos José María E.S.; Albert Soler; y Óscar García; así como contra Sandro Rosell, ex presidente y absuelto en otro caso por el que ha pasado casi dos años en la cárcel.
De hecho, la magistrada del caso Negreira insta al CSD poner en conocimiento toda la información de la que disponga ante la Fiscalía, sin que otros organismos públicos puedan «arrogarse la pretensión de ejercer la acción penal porque defiendan intereses genéricos de la clase que sean, salvo que haya un perjuicio patrimonial efectivo e indiciariamente justificado para ese ente público, lo cual no sucede en el presente caso».
TIRÓN DE OREJAS DE LA MAGISTRADA EN LOS AUTOS DEL CASO NEGREIRA
Asimismo, también ha sellado la inadmisión a trámite de la denuncia interpuesta por Miguel Ángel G. y Apedanica (Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas), así como su personación, en cualquier condición en el caso. Ambos habían señalado que IBM tenía guardados «los metadatos y datos telefónicos todavía recuperables», así como quien dispone de la copia de seguridad de los mismos.
Los mismos aseguraban que su intención no era la de personación del caso Negreira, sino la de investigar, doctrinal y pericialmente, con el fin de proponer otras diligencias en la causa. Según su escrito, IBM dispone de una «copia de los metadatos de telefonía, al menos en Perú» y consideran necesario el requerimiento de esta información a la compañía estadounidense ya que pueden «ser relevantes para la investigación de los hechos».
La magistrada, no obstante, tira de las orejas a estos candidatos al considerar que no se relata ningún hecho que pueda valorarse como indiciariamente constitutivo de infracción penal, «sino que pretende adherirse a la denuncia de la Fiscalía, sin intención de personarse en las actuaciones, sino proponiendo diligencias de investigación». A su juicio, esta posición procesal «es cuanto menos ambigua y poco rigurosa, denotando un absoluto desconocimiento del proceso penal en cuanto a cuanto a la intervención en el mismo».
TODOS CONTRA TODOS EN LAS ACUSACIONES PARTICULARES EN EL CASO NEGREIRA
La jueza ha permitido la personación del Real Madrid, el socio de este club Luis José Sáenz de Tejada y de Pompili tras recibir recursos del FC Barcelona y de prácticamente todas las defensas de los querellados y denunciados.
La magistrada ha permitido la entrada en el causa del club presidido por Florentino Pérez al señalar que el delito de corrupción en el deporte no se produce en consumación, sino también el hecho de ofrecerlo.
De esta forma, la jueza instructora del caso Negreira señala que se consume este delito «con la simple promesa, ofrecimiento o concesión de la ventaja o beneficio tanto a los deportistas que intervienen como al árbitro, con la intención de predeterminar fraudulentamente el resultado que se obtendría en el normal desarrollo de la prueba». «No es preciso que se hayan producido esos resultados pretendidos para lesionar el bien jurídico protegido», señala.
LOS EQUIPOS Y SOCIOS PODRÍAN ADHERIRSE A LA QUERELLA
La magistrada, además, ha repartido su veredicto en cuanto a la pretensión de las defensas y otras acusaciones particulares para evitar la personación de los socios del Real Madrid y del FC Barcelona. En este sentido, ha respondido a La Liga que le es indiferente que organice el campeonato ya que cualquier club puede defender sus intereses si considera que se están produciendo alteraciones ilegales deportivas, unos hechos que pueden suponer «una quiebra al principio de confianza e integridad que rige» la competencia. En este sentido, abre la puerta a todos los equipos para seguir los pasos del Real Madrid en este caso.
Los socios tendrán la condición de asociación popular, pero no particular, en el caso Negreira. Es decir, se pueden adherir peñas y otros socios a la misma a través de esta figura con el «fin de proteger la integridad del deporte y la ética deportiva».
De esta forma, los otros 18 clubes de Primera División y también aquellas categorías en las que juegue el FC Barcelona podrían interponer sus respectivas propuestas para ser acusación particular, mientras el resto de posibles perjudicados, incluyendo los de Segunda también podrían ir con el FC Barcelona y los querellados ya que la adulteración de un campeonato podría acarrear descenso de categoría.