jueves, 12 diciembre 2024

Asufin afea al PP su posición sobre las reclamaciones a los bancos que deben ir a los tribunales

El Partido Popular (PP) se ha metido en un nuevo jardín junto con los nacionalistas de derecha (PNV y PdeCat) y Ciudadanos a cuenta de las reclamaciones de los clientes de entidades financieras que tendrían que ir directamente a los tribunales. Las propuestas de estos cuatro partidos han recibido las críticas de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin). Este es un tema sensible y transversal, lo cual hace que pueda tener un castigo político considerable.

UN IMPORTE PEQUEÑO CONTRA EL PP

Partido Popular (PP), PNV y PdeCat pretenden vaciar de contenido las reclamaciones que se presenten a la futura Autoridad bancaria con resolución vinculante, es decir, las que se podrán dirimir sin necesidad de acudir a tribunales. En la actual propuesta, alcanzan un importe de hasta 20.000 euros, pero el Partido Popular quiere rebajarlo a sólo 1.000 euros y los nacionalistas a 2.000 euros. Por su parte, Ciudadanos también es partidario de que sólo alcancen 6.000 euros».

Así expone Asufín su posición en relación a lo que defienden Partido Popular, PNV y PdeCat y Ciudadanos, si bien son mucho más duros con los tres primeros que con lo formación que todavía lidera Inés Arrimadas.

PP 2 Merca2.es

“No podemos retroceder pasos, un límite tan bajo nos haría volver a la época de las preferentes cuando los despachos saturaron de demandas los tribunales”, opina la presidenta de la asociación,Patricia Suárez. “La cuantía propuesta por el PP -1.000 euros- supondría que una simple reclamación de gastos o de comisión de apertura tendría que ir a tribunales, pues la media es de 1.500 y 3.000 euros respectivamente. Un ejemplo muy claro son las preferentes, las que se resolvieron por el famoso arbitraje fueron mayoritariamente por importes inferiores a 10.000, lo que supone que una Autoridad con un límite de 1.000 o 2.000 euros no hubiese ayudado a los cientos de miles de preferentistas”, dijo la número uno de Asufin Suárez.

“La cuantía propuesta por el PP -1.000 euros- supondría que una simple reclamación de gastos o de comisión de apertura tendría que ir a tribunales

El importe mínimo de reclamación con derecho a resolución vinculante es uno de los cambios más importantes que incorpora la futura Autoridad de defensa del cliente bancario, a punto de aprobarse y que hoy será objeto de dictamen por parte de la Comisión de Economía del Congreso y, por ello, Asufin insta «a todos los grupos parlamentarios a pensar en el objetivo último de este mecanismo, que no es otro que defender los derechos del cliente financiero estableciendo un marco moderno y avanzado que descongestione nuestros tribunales de reclamaciones que pueden ser atendidas de forma ágil. «Cuando se haga realidad, España habrá dado un paso más para homologar su sistema de resolución de conflictos del usuario financiero con el de los países a la vanguardia en esta materia, pero no podemos permitirnos que lo haga a un coste tan elevado, como el de reducir hasta la insignificancia la cuantía mínima para las reclamaciones vinculantes», afirma la máxima responsable de la Asociación de Usuarios Financieros. 

LA TASA Y LAS RECLAMACIONES

En relación con clientes y entidades, la tasa que financiará la futura Autoridad del Cliente Financiero, una nueva agencia de supervisión que unificará los criterios para gestionar las reclamaciones entre clientes y entidades bancarias, va a ser modificada en el Congreso para aplicar un nuevo sistema que premiará a aquellos bancos que más acuerdos alcancen con sus clientes. Esta es la idea que manejan y que tendrá un coste para las entidades. La cuestión es si la banca trasladará este coste a sus clientes. 

Inicialmente, el Gobierno propuso en su proyecto de ley una tasa fija de 250 euros que los bancos tendrían que abonar cada vez que el organismo acepte a trámite una reclamación de un cliente. Sin embargo, la idea provocó el rechazo de varios grupos parlamentarios y también del sector bancario.

Pero este martes, la ponencia de la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso ha examinado una enmienda transaccional para cambiar este arancel. La propuesta lleva la firma del PNV, Junts, PP, Ciudadanos y PDeCAT, y fuente parlamentarias aseguran que el PSOE ha dado su visto bueno para introducir el cambio en el proyecto de ley.

La nueva idea ya no será exigir 250 euros por reclamación, sino que la Autoridad Financiera cobrará una tasa anual por la actividad de resolución de reclamaciones

La nueva idea ya no será exigir 250 euros por reclamación, sino que la Autoridad Financiera cobrará una tasa anual por la actividad de resolución de reclamaciones y su cuantía dependerá de los costes directos e indirectos, incluidos los de carácter financiero, amortización de inmovilizado y, en su caso, los necesarios para garantizar el mantenimiento y desarrollo razonable de la actividad por cuya realización se exige la tasa.

DOS PARTES

Así, la tasa se fraccionará en dos partes. En una primera, al 40% de los gastos en que haya incurrido la Autoridad en el ejercicio anterior se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las reclamaciones resueltas frente a cada una de las entidades en ese ejercicio sobre el número total de reclamaciones resueltas frente a todas las entidades.

El 60% restante se aplicará el porcentaje que individualmente representan el número de las resoluciones favorables al reclamante frente a cada una de las entidades en el ejercicio anterior sobre el número total de las resoluciones favorables al reclamante frente a todas las citadas entidades.

A priori, se premiará a los bancos que «mejor lo hacen» y se «castigará» a los que menos cumplen

Es decir, sobre el 40% de los gastos se tendrá en cuenta las reclamaciones resueltas, mientras que en el 60% irá en función de las reclamaciones favorables al reclamante. Esto en la práctica, según explican fuentes parlamentarias, supone premiar a aquellos bancos que «mejor lo hacen» y «castigar» a aquellos que menos cumplen, al depender la mayor parte del abono de la tasa las reclamaciones que han sido favorables al reclamante y contrarias al banco.


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