lunes, 25 noviembre 2024

El temible ‘Efecto Listerine’ que la DGT puede sancionar

Aunque la DGT (Dirección General de Tráfico) vela por la seguridad vial y se encarga de sensibilizar a los conductores, lo cierto es que casi siempre relacionamos esta entidad con las temidas multas. La imaginación de sus autoridades no parece conocer límites, ya que son capaces de sancionarte si conduces con ciertas enfermedades, también por llevar a tu mascota en el coche y hasta en casos tan absurdos como dejar mal colocado el carrito de la compra.

Ahora la DGT suma una nueva multa a esa creatividad a la hora de sancionar, y guarda relación con un producto de uso cotidiano: el Listerine. Cada vez son más los casos en los que un conductor se ha ganado las ‘atenciones’ de los agentes, y todo por cuidar de su higiene dental a diario. ¿Un enjuague bucal te puede meter en problemas al volante? Pues así es, y te lo vamos a explicar todo con detalle.

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SANCIONES POR HABER CONSUMIDO ALCOHOL

La multa del ‘Efecto Listerine’ es la más baja, y aplica multa de 500 euros y cuatro puntos por niveles superiores a 0,25 mg/l en aire espirado.

En el siguiente nivel están aquellas personas que conducen después de unas cuantas cervezas o un par de copas. Cuando hacen la prueba de alcoholemia en un control de la DGT superan los 50 mg/l en aire espirado, lo que conlleva 1.000 euros de multa y la retirada de seis puntos del permiso de conducir.

El caso más grave es el de los conductores con niveles por encima de los 0,69 mg/l en aire espirado, es decir, individuos en claro estado de ebriedad. Supone un delito contra la seguridad vial y son palabras mayores, ya que se castiga con penas de trabajo comunitario, multas de un año y, en los peores ejemplos, prisión de tres a seis meses. Estos infractores también pierden su carnet por un periodo de 1 a 4 años.


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