A partir del 1 de enero de 2024, por disposición transitoria primera del Real Decreto 249/2023 aprobado por el Consejo de Ministros del martes 4 de abril, todos los poseedores de criptomonedas deberán informar a las autoridades sobre los saldos de monedas virtuales correspondiente al año inmediato anterior que tengan.
El Gobierno ha aprobado esta medida con el objetivo de aumentar el control y la vigilancia sobre aquellos que posean criptomonedas u operen con ellas
Ahora pasa a ser obligatorio que a principios de cada año haya que declarar todas los criptoactivos de los que se sea propietario y que se tengan almacenadas en una entidad extranjera. Las que se tengan en territorio nacional, deberán ser declaradas por las entidades que las custodian.
«Este mismo sistema es el que se usaba con las acciones hasta finales de 2021. Si un inversor tenía acciones compradas a través de un bróker con sede en España, el bróker era el que se encargaba de informar a las autoridades de la existencia de las mismas. Por el contrario, si un inversor poseía acciones, por ejemplo, en el bróker DeGiro, al ser una entidad de Países Bajos y no contar con sede en España, el inversor debía asumir esta tarea de transparencia presentando anualmente el conocido como Modelo D-6», informaron analistas del sector.
Hasta finales de 2021, no había límite inferior, y siempre había que presentarlo, independientemente de la cantidad de acciones que se poseyeran. Posteriormente, se modificó la ley que regulaba esta obligación.
NO ESTABLECEN LÍMITES DE CRIPTOMONEDAS
Según lo dispuesto en el Real Decreto, a diferencia de lo que disponía la versión anterior, la regulación actual establece que los únicos obligados a presentar la declaración D-6 son las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, cuando su participación sea igual o superior al 10% del capital, o de los derechos de voto, de la sociedad en la que se mantiene la inversión.
ASÍ se evitaba que minoristas con muy pocas acciones saturaran la administración con sus presentaciones de modelos
El documento aprobado en el Consejo de Ministros no hace mención a límites de ninguna clase, lo que permite presumir que las criptomonedas en entidades extranjeras se deberán declarar siempre, independientemente de la cantidad. Si el bróker no tiene sede en España, el inversor será el que deba declarar esta tenencia.
«El objetivo es mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa. Asimismo, se desarrolla reglamentariamente la obligación de informar acerca de las monedas virtuales situadas en el extranjero. Las primeras declaraciones relativas a las obligaciones de información sobre monedas virtuales se deberán presentar a partir de 1 de enero de 2024», explica el Gobierno de Pedro Sánchez.
DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE CRIPTOMONEDAS
Los ministros decidieron que se tendrá que presentar una declaración informativa anual por parte de «las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales. Dicha declaración hará referencia a la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas, en los términos que establezca la orden ministerial por la que se apruebe el modelo correspondiente».
Además, las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, «vendrán obligados a presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, a 31 de diciembre de cada año», se lee en el documento.
las autoridades quieren conocer cuántas criptomonedas tienen los españoles, ya sea en entidades que operan en nuestro país o en el extranjero
Así, con esta doble exigencia, las autoridades se garantizan conocer cuántas criptomonedas tienen los españoles, ya sea en entidades que operan en nuestro país, o en otras en el extranjero. El documento, en cambio, no hace mención a las que se tengan en cold wallets.
BDE ENDURECE REQUISITOS DE LAS PLATAFORMAS
El Banco de España también endurecerá los requisitos a las plataformas de criptomonedas para prestar sus servicios, informó a finales de marzo el gobernador de esta entidad financiera estatal, Pablo Hernández de Cos.
El Banco de España requerirá a las plataformas de criptomonedas un informe favorable del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) para su registro como servicios financieros.
Así lo quieren los partidos PSOE y Unidas Podemos, que han registrado una enmienda en este sentido al proyecto de ley de la Autoridad del Cliente Financiero, reportó Europa Press. En concreto, ambas organizaciones proponen añadir una disposición final nueva para modificar la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
«Hasta ahora, la inscripción en el registro de estas plataformas estaba condicionada al cumplimiento de requisitos de honorabilidad comercial y profesional en los términos establecidos en la ley de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. Sin embargo, de salir adelante la enmienda, se requeriría también el visto bueno del Sepblac, que es una unidad de inteligencia financiera dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos», precisa la agencia.
La enmienda propuesta, de acuerdo con PSOE y UP, «es especialmente relevante» porque estos proveedores no están sujetos a supervisión continua por parte del Banco de España en la actualidad.
Asimismo, estas organizaciones políticas apuntan que existen múltiples riesgos asociados a las criptomonedas, como la ausencia de valor intrínseco o su carácter «altamente especulativo».
Los socios de Gobierno consideran que el informe del Sepblac es «esencial» para una correcta valoración de las obligaciones de prevención y blanqueo de capitales impuestas por la normativa y para asegurar que las entidades, antes de su registro, cuenten con procedimientos adecuados de control interno.
G7 TAMBIÉN PIDE ENDURECER REGULACIÓN CRIPTO
La próxima reunión del G7, que se celebrará en Hiroshima en mayo, podría traer consigo un impulso de las siete mayores democracias y economías del mundo para endurecer la regulación de las criptomonedas en todo el planeta, informaron fuentes involucradas con las negociaciones a la agencia de noticias Kyoto.
Los líderes de Japón, Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Francia, Alemania y la Unión Europea esbozarán una estrategia de cooperación para aumentar la transparencia de las criptomonedas y mejorar la protección de los consumidores, así como hacer frente a los posibles riesgos para el sistema financiero mundial.
ENTRE LOS MIEMBROS DEL G7, JAPÓN YA REGULA LAS CRIPTOMONEDAS, MIENTRAS QUE LA NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA SOBRE MERCADOS DE CRIPTOACTIVOS (MICA) ENTRARÁ EN VIGOR EN 2024
El Reino Unido está desarrollando gradualmente su marco para las criptomonedas, con la reciente introducción de una categoría especial para los criptoactivos en los formularios fiscales, así como planes para una libra digital.