El sistema tributario español establece que determinadas competencias estén asumidas por el Estado y otras por las comunidades autónomas. Además, existe un régimen común para todas las comunidades —excepto País Vasco y Navarra, que tiene un impuesto foral—, que gestiona todos los tributos. En ese régimen común, el Gobierno central recauda el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales. Después, envía el 50% del IRPF y el IVA a cada comunidad y el 58% de los Impuestos Especiales.
8Impuesto sobre sociedades
El impuesto sobre sociedades, que está transferido a las comunidades autónomas y que las empresas pagan los beneficios obtenidos en su actividad, se sitúa en el 25 % –15 % para las empresas de nueva creación– en todas las comunidades del régimen general. Navarra y País Vasco, por su régimen foral, establecen un tipo impositivo del 24 y del 28 % respectivamente. El gravamen del 25 % tiene varias excepciones: las compañías acogidas al Régimen Económico y Fiscal de Canarias solo tributan al 4 %, mientras que las que están afincadas en Ceuta y Melilla pueden deducirse el 50 % de la cuota correspondiente a los rendimientos obtenidos en las ciudades autónomas.