Ya han llegado las primeras nieves de la temporada, lo que significa que hay que tener en cuenta estas nuevas condiciones climatológicas a la hora de conducir. Además de la nieve, el invierno conlleva heladas, lluvias intensas, niebla, bajas temperaturas o fuertes vientos que supone un mayor riesgo en carretera. Además de aumentar las precauciones y conducir con mucho más cuidado, hay que tener en cuenta que la DGT nos puede multar si no nos adaptamos a las circunstancias.
3MULTA POR CONDUCCIÓN NEGLIGENTE
¿Qué entiende la DGT por conducción negligente? Según el artículo 3.1 del Reglamento hay que conducir con la precaución necesaria para evitar caños propios o ajenos, para no poner en peligro ni a uno mismo ni a los demás usuarios de la vía. Si tenemos un accidente y los agentes consideran que se ha debido a una negligencia por nuestra parte, podemos ser sancionados por la DGT con una infracción grave de 200 euros. Precisamente llevar un abrigo grande y amplio, podría considerarse conducción negligente.